
La exdiputada de la CUP en el Parlament, Eulàlia Reguant, en una imagen de archivo
El Supremo niega a Eulàlia Reguant (CUP) la amnistía que ha pedido dos veces
La justicia ratifica su condena por desobediencia grave al no estar vinculada al 'procés', un delito por el que fue sancionada con 13.500 euros de multa
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El Tribunal Supremo (TS) ha negado la aplicación de la Ley de Amnistía a la exdiputada de la CUP, Eulàlia Reguant, ya que el delito de desobediencia grave por el que fue condenada no está vinculado al procés.
Reguant fue sancionada en 2022 a una multa de 13.500 euros por haberse negado a contestar las preguntas de la acusación popular, ejercida por Vox, en el juicio a los dirigentes del golpe secesionista de 2017 en Cataluña.
Reguant, que comparecía como testigo, se negó a responder aduciendo que "frente a la extrema derecha, frente a un partido machista y xenófobo, no aceptaré contestar las preguntas".
Condena
Al entrar en vigor la amnistía del procés, aprobada en junio de 2024 por el Gobierno y sus socios parlamentarios secesionistas, Reguant pidió beneficiarse también de esa impunidad para eliminar sus antecedentes penales. Y reiteró la petición en mayo de este año.
El Supremo explica en su auto que los autores penalmente responsables de delitos de desobediencia grave pueden acogerse a la Ley de Amnistía, siempre y cuando los hechos se hayan producido durante el marco temporal que ésta establece --entre noviembre de 2011 y noviembre de 2023-- y relacionados con el proceso de secesión de Cataluña.
En el caso de Reguant, ese elemento temporal se cumple --el juicio fue en 2019--, pero "no concurre el elemento tendencial", pues su desobediencia no está relacionada con el procés, sino con su negativa a responder en su interrogatorio como testigo en un juicio.