El Parlament considera "innecesario y desproporcionado" retirarle el escaño a Borràs
La Cámara catalana aduce que su condena aún no es firme, que está suspendida y considera que la Junta Electoral no es competente para tomar una medida así
28 abril, 2023 16:47El Parlament catalán y Laura Borràs han presentado alegaciones ante la Junta Electoral Central (JEC), en las cuales defienden el derecho de la presidenta de Junts a mantener su acta de diputada pese a haber sido condenada a cuatro años y medio de prisión y 13 de inhabilitación por haber adjudicado a dedo 18 contratos fraccionados a un amigo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).
La Cámara autonómica considera "innecesaria y desproporcionada" la petición de retirarle el escaño a la Borràs alegando varias razones: que su sentencia todavía no es firme --la afectada la recurre ante el Tribunal Supremo--, que ya ha sido suspendida como presidenta del Parlament y como diputada, que dejarla sin su acta vulneraría sus derechos, y que la JEC no es competente para decidir sobre la "incompatibilidad" de que la conserve.
La JEC dio diez días hábiles al Parlament para que comunicara qué decisión tomará sobre la retirada o no del escaño a Borràs tras haber sido condenada por prevaricación y falsedad documental por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), un plazo que acababa este viernes.
La condena aún no es firme
En las alegaciones, elaboradas por los letrados y enviadas poco antes del límite del plazo, el Parlament destaca que privar a Borràs del derecho de participación "exige que la sentencia condenatoria de inhabilitación sea firme".
"Se trata de una condena penal que aún puede ser revisada en vía judicial y la interposición de recurso determina que la pena aún no pueda hacerse efectiva, visto desde la perspectiva estrictamente penal", apuntan.
Está suspendida de sus funciones
"No existe, pues, ningún mandato que pueda desprenderse de la sentencia del TSJC por el que alguna autoridad esté obligada a ejecutar la condena de inhabilitación. La efectividad de la pena se producirá cuando la sentencia sea firme", señala el escrito, de 23 páginas.
Junto a estas alegaciones, la Cámara catalana ha enviado a la JEC los acuerdos de la Mesa mediante los cuales suspendió a Borràs de sus derechos "de manera provisional, con una finalidad garantista, con una vigencia hasta una eventual sentencia firme", tal como estipula el reglamento de la Cámara.
Piden desestimar los recursos de tres partidos
Los letrados del Parlament solicitan a la JEC que desestime los escritos presentados por PP, Ciutadans (Cs) y Vox en los que se pedía declarar la inelegibilidad sobrevenida a Borràs en base al artículo 6.2.b de la LOREG.
"Cuando se ejerce el cargo de diputado, las únicas causas de cese o suspensión del mismo lo son por incompatibilidad, no por inelegibilidad", señalan los letrados.
En su argumentario, también destacan que Borràs ya tiene los derechos y deberes parlamentarios suspendidos desde el 28 de julio de 2022, por lo que "no corresponde en este momento adoptar ninguna decisión, resolución o medida" derivada de la sentencia del TSJC.
La JEC no es "la autoridad competente"
El Parlament expresa además "su discrepancia" con la doctrina actual porque entiende que no respeta la competencia y la autonomía de la Cámara autonómica.
En este sentido, la Cámara catalana considera que la JEC no es "la autoridad competente para resolver sobre las situaciones de incompatibilidad que puedan producirse cuando un diputado ya está en pleno ejercicio del cargo", sino que es materia propia del derecho parlamentario y de sus órganos.
Otro argumento que esgrime el Parlament es que Borràs no ha sido condenada por motivos terroristas, por lo que "no concurren las circunstancias extraordinarias que justifican excepcionalmente la restricción del derecho a representación política" sin haber sentencia firme.
Borràs lo considera "un intento de fraude de ley"
Por su parte, la presidenta del Parlament suspendida, Laura Borràs, también ha alegado ante la JEC que la sentencia que la condenó no es firme y que retirarle el escaño vulneraría su derecho a la participación política y a la presunción de inocencia.
Al igual que los letrados de la Cámara, sus abogados sostienen en su escrito que el órgano electoral no es competente para "dejar sin efecto credenciales o declarar vacantes" en el Parlament, como ocurrió con el expresidente de la Generalitat Quim Torra y el exdiputado Pau Juvillà.
A su juicio, los argumentos en los que la JEC se ha amparado en el pasado para declarar vacantes escaños son "creaciones jurídicas ad hoc para intentar privar arbitraria e ilegalmente de un cargo electo" al margen de las garantías del Estado de derecho.
Además, defienden que la JEC solo puede pronunciarse sobre la elegibilidad de un candidato que aún no ha sido elegido, lo cual no es su caso: "Es evidente que quien ha resultado elegido no puede devenir inelegible en relación con un proceso que ha concluido, ni siquiera sobrevenidamente". "Nos encontramos, pues, ante un intento de fraude de ley", consideran. A su modo de ver, los recursos de PP, Cs y Vox "tienen un objetivo punitivo absolutamente ilegítimo".