ERC, Junts per Catalunya (JxCat) y PSC han negociado la renovación de cargos en instituciones que dependen del Parlament, bloqueadas desde hace años. Entre ellas está el Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC). Y, al igual que ocurre con otros organismos como la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) y la Sindicatura de Cuentas, el perfil del candidato a ocupar la dirección del CAC ha generado controversia. Se trata de Xevi Xirgo, director de El Punt Avui desde 2010, propuesto por Junts para este organismo que, curiosamente, le sancionó en 2016.
Las estrechas relaciones de Xirgo con el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, huido en 2017 tras la celebración del referéndum ilegal de independencia, son vistas con recelo, incluso en ERC. Pero en ese toma y daca triangular, los negociadores han decidido que la presidencia del CAC, órgano que vela por el cumplimiento de la normativa aplicable a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual públicos y privados, siga en manos de los neoconvergentes. Hasta ahora ocupaba el cargo Roger Loppacher, propuesto por CDC. De entrada, el CAC tendrá que elaborar el informe de idoneidad de los nuevos miembros del Consejo del CCMA, que a partir de ahora presidirá Rosa Romà por elección de ERC.
Infracción grave
Pero una de las principales funciones del Consejo del Audiovisual es velar por el ajuste de los prestadores de servicios de comunicación a las obligaciones establecidas en las licencias. Y se da la circunstancia de que el futuro jefe del CAC, Xevi Xirgo, fue investigado y sancionado por este organismo porque El Punt Avui Televisió no emitió el número de horas de programación de proximidad estipulado.
Así, el 14 de marzo de 2016, el CAC abrió un periodo de información previa para que el prestador de servicios presentara sus alegaciones, pues los hechos eran susceptibles de ser calificados de infracción grave. Para estos casos, el artículo 136 de la Ley de la Comunicación Audiovisual de Cataluña contempla multas de entre 12.001 euros y 90.000 euros.
Solo cuatro horas semanales
En concreto, el compromiso de El Punt Avui TV era emitir 60 horas semanales de programación de proximidad, pero el análisis del CAC desveló que, en una semana, del 21 al 27 de abril de 2015, se habían emitido tres programas que sumaban un total de cuatro horas y 13 minutos en total, incluyendo redifusiones, según explica el expediente, al que ha tenido acceso Crónica Global.
El 10 de mayo, el CAC procedió a incoar el correspondiente expediente sancionador. El prestador de servicios admitió que había incumplido sus compromisos y justificó su conducta en “circunstancias ajenas a su voluntad”. Asimismo, puso de manifiesto que no había ninguna intención en reiterar la conducta infractora y que, a tal efecto, “ya ha modificado su programación hasta cumplir con el compromiso particular de proximidad”.
El CAC reprochó al infractor que “no detallara ni justificara” esas circunstancias ajenas. “Al contrario, mediante esta afirmación y la invocación del esfuerzo económico que habría representado tener a punto para aquella semana una programación que cumpliera con la proximidad, el interesado demuestra que su conducta es activa, querida y con pleno conocimiento de causa. En definitiva, con un grado de intencionalidad que hace evidente la existencia de culpa en su comisión”, indica el organismo tras su análisis.
Voto particular de tres consejeros
Respecto a su promesa de no reincidir, el CAC la limita a una “declaración de buenas intenciones” que “tampoco exonera de responsabilidad”. De ahí que el expediente sancionador ratificara los hechos como infracción grave, susceptible de ser sancionada con multa de entre 12.001 y 90.000 euros. Finalmente, el 3 de noviembre de 2016, el pleno del CAC decidió imponer una pena mínima, 12.001 euros, pero tres consejeros emitieron voto particular recurrente. Carme Figueras, Eva Parera y Daniel Sirera consideraban en su escrito que la sanción era insuficiente si se atenía al criterio aplicado en anteriores expedientes sancionadores similares; la multa adecuada sería de 23.144 euros. A su juicio, “la existencia de intencionalidad se desprende claramente de las alegaciones mismas al período de información previa presentadas por el prestador”.
El 1 de enero de 2020, El Punt Avui TV cerró sus emisiones.