Fachada del Palau de Justícia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) / EUROPA PRESS

Fachada del Palau de Justícia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) / EUROPA PRESS

Política

El TSJC tumba otro proyecto lingüístico, el séptimo este año, por excluir el castellano

La Justicia acepta el recurso de una familia y reprocha al centro que no contemple "el carácter vehicular del castellano como lengua oficial conjuntamente con el catalán”.

23 diciembre, 2021 11:28

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el proyecto lingüístico de la escuela Vora del Mar de Cubelles (Tarragona) “por no contemplar el carácter vehicular del castellano como lengua oficial conjuntamente con el catalán”. Se trata del séptimo proyecto escolar que la Justicia considera ilegal este año. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el mismo TSJC.

La Justicia ha aceptado el recurso de una familia --assorada por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB)-- que defendió el derecho de su hijo, junto a sus compañeros, a una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular en proporción razonable”. Esto es, un 25% de las horas lectivas” en castellano.

Uso del castellano en los colegios catalanes, según un estudio de la AEB

Uso del castellano en los colegios catalanes, según un estudio de la AEB

Recuerda la sala sus propias sentencias anteriores, que van en el mismo sentido que la actual resolución, así como la doctrina del Tribunal Constitucional, según la cual, “resulta perfectamente legítimo que el catalán, en atención al objetivo de normalización lingüística en Cataluña, sea el centro de gravedad de este modelo de bilingüismo, aunque siempre con el límite de que ello no determine la exclusión del castellano como lengua docente de forma que quede garantizado su conocimiento y uso en el territorio de la comunidad autónoma”.

Proporción razonable de castellano

En base a esa argumentación del TC, el recurrente tendría derecho “a que el castellano se utilice también como lengua vehicular en el sistema educativo de la comunidad autónoma de Cataluña, y en consecuencia y para ello, la Generalitat deberá adoptar cuantas medidas sean precisas para adaptar su sistema de enseñanza a la nueva situación creada por la declaración de la sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional que considera también al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán”.

"Se trata, en definitiva --añade--, de que, sin perjuicio del mantenimiento del catalán como centro de gravedad del sistema, se haga efectiva la presencia vehicular del castellano, en una proporción razonable, que no haga ilusoria o simplemente constituya un artificio de mera apariencia de la obligada utilización del castellano como lengua vehicular”.

En mayo de 2019, AEB hizo público un informe que demostró que el castellano no era lengua vehicular en las escuelas catalanas y estaba excluida de las comunicaciones internas de los centros. El estudio partió del análisis de 2.214 proyectos lingüísticos (PLC) –43 corresponden a centros de Educación Infantil Inicial (guardería), 1.626 a centros de Educación Infantil y primaria, 524 a centros de Secundaria y Bachillerato y 21 a centros especiales--.