El Govern tenía informes de cómo aplazar las elecciones desde septiembre
Los servicios jurídicos abordaron un escenario de suspensión con trasfondo político: una posible convocatoria de Torra, en contra de Puigdemont, y la resistencia de ERC
21 enero, 2021 00:00El dictamen de la oposición política y de los juristas es prácticamente unánime: el decreto que suspende las elecciones previstas para el 14 de febrero es una chapuza. Incomprensible si se tiene en cuenta que, tal como ha podido saber Crónica Global, el Govern tenía informes sobre cómo aplazar los comicios desde septiembre. Y sus motivaciones eran jurídicas, pero también políticas.
En efecto, los servicios jurídicos de la Generalitat comenzaron a analizar un posible aplazamiento electoral debido a la situación pandémica, en vísperas de que se confirmara la inhabilitación del entonces presidente Quim Torra. Conscientes del vacío legal existente respecto a la designación de un presidente en funciones con competencias limitadas, los Servicios Jurídicos de la Generalitat, dirigidos por Francesc Esteve y dependientes de la consejería de Presidencia, analizaron la situación, así como la celebración de unos comicios en plena crisis sanitaria. Por esas fechas ya existía el precedente de las elecciones celebradas en Galicia y País Vasco, previamente aplazadas por la pandemia.
El TSJC suspende el aplazamiento de las elecciones catalanas / EP
Motivaciones políticas
Pero detrás de ese análisis jurídico del proceso electoral también existía una motivación política: “Los informes fueron encargados ante la posibilidad de que Torra, en contra de los designios de Carles Puigdemont, convocara elecciones”, explican las citadas fuentes. Como se sabe, el fugado siempre fue partidario de aplazar los comicios para crear su nuevo partido, Junts per Cataunya, mientras que Torra exigía una salida digna que pasara por esa convocatoria electoral. Al final, las diferencias entre ambos dirigentes se saldaron con una remodelación del gobierno hecha, no obstante, a la medida del de Waterloo, que vetó el deseo de Torra de nombrar a Laura Borràs como consellera en cap.
“El problema que tenían en Palau era cómo imponer una posible suspensión electoral a ERC, firme partidaria de las elecciones”, añaden las mismas fuentes. Causas políticas, por tanto, pero ajenas al "enfoque estrictamente técnico" que los abogados del Govern aseguran haber mantenido.
División
Pero también ha habido división entre los republicanos, que efectivamente querían convocar las urnas cuanto antes. Pero un informe de la Consejería de Salud alarmante respecto a la evolución de la pandemia provocó que, finalmente, Aragonès se aviniera a firmar el decreto, ahora suspendido cautelarmente por orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ha dado plazo hasta las 10 horas de hoy para que Fiscalía y el propio Govern se pronuncien.
"Ellos contaban con el consenso de todos los partidos. Pero al ser un asunto que afecta a derechos fundamentales (voto) cualquiera puede impugnar. Y ahí viene el problema. La fórmula jurídica del decreto es vergonzosa", remata el jurista.
Un experto en asuntos contenciosos
El ministerio público ya ha avalado la suspensión del aplazamiento, mientras que las alegaciones de la Generalitat contarán con el asesoramiento de quien, afirman en medios judiciales, es el jurista mejor preparado a las órdenes de Esteve.
Se trata de Xavier Uriós, director general de Asuntos Contenciosos, considerado número dos de los Servicios Jurídicos del Govern. Uriós ha subido en el escalafón administrativo, no solo por su destreza judicial, sino por su habilidad en las relaciones políticas, pues después de aproximarse a UDC, se ganó luego la confianza de ERC, para finalmente entrar de la mano de los convergentes en la Consejería de Gobernación --hoy Políticas Digitales y Función Pública--, donde conoció a Esteve, entonces secretario general.
Debilidades jurídicas
A la espera de la sentencia definitiva del TSJC sobre la fecha electoral, el departamento que dirige Esteve ha quedado empañado de nuevo por un decreto que, a juicio de los recurrentes y de varios juristas, adolece de tres defectos: vulneración del principio de legalidad por alteración del calendario electoral que establece la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), inseguridad jurídica y falta de justificación de la restricción del derecho fundamental a la participación. Esta tercera debilidad va referida a una doble falta de motivación de la fecha elegida, 30 de mayo, pues se desconoce en qué momento el pico de la pandemia puede subir o bajar, más allá de las previsiones de Salut. Éstas se contradicen, de momento, con las medidas aplicadas por Procicat, que no se han endurecido.
Pero es que, además, estos servicios jurídicos ya quedaron cuestionados cuando, en octubre de 2020, el mismo TSJC advirtió al Govern de que el cierre de bares y restaurantes para prevenir los contagios del Covid adolecía de defectos de forma y le insta a subsanarlos, dado que el documento presentado no incluía firma ni número de decreto ni fecha.