La Audiencia Nacional (AN) juzgará a Josep Lluís Trapero por rebelión. El tribunal especial se ha declarado competente para examinar la causa contra el exmayor de los Mossos d'Esquadra y la cúpula del cuerpo autonómico de policía tras rechazar los recursos de dos coacusados. No devolverá pues la causa a un juzgado catalán, como pedían éstos.
Según ha avanzado El Confidencial, la Audiencia se ha declarado competente por unanimidad para presidir el juicio por rebelión contra Trapero, una causa en la que la Fiscalía pide 11 años de privación de libertad para el que fuera el máximo alto mando policial a nivel autonómico. El acuerdo, adoptado por unanimidad, no oye el recurso de los coacusados Cesar Puig, secretario general de Interior, y Pere Soler, exdirector de los Mossos, que solicitaron que el proceso continuara en una sala en Cataluña. El exmayor de los Mossos no se adhirió a esta petición, como tampoco lo hizo la intendente Teresa Laplana, también investigada en la misma causa.
Revés a Alonso-Cuevillas
La petición formal de trasladar el proceso a un juzgado en la autonomía la formuló el abogado de Puig, el mediático Jaume Alonso-Cuevillas, en la vista de cuestiones previas celebrada el pasado 5 de febrero en la Audiencia Nacional. Durante la sesión, el letrado argumentó que la rebelión y la sedición "no han sido nunca delitos juzgados por la Audiencia Nacional por no ser tipos penales contra la forma de gobierno". Sembró dudas también Alonso-Cuevillas sobre la opinión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo cuando trasladen una posible sentencia condenatoria a esta instancia judicial. "¿Lo leerá como un tribunal de excepción para un caso concreto?", inquirió la defensa.
La Audiencia no ha visto base legal para estos argumentos. Ha argumentado el tribunal que su competencia para juzgar los delitos de rebelión o sedición "no está limitada a los cometidos por bandas armadas o terroristas", por lo que es perfectamente competente para presidir la macrocausa.
Petición de 11 años de cárcel
Ello significa que Josep Lluís Trapero y su defensa, Olga Tubau, que también representa a Laplana, deberá zafarse de una acusación que incluye los delitos de sedición y organización criminal, además del de rebelión. Ello le merita una petición de pena de cárcel de 11 años. También están procesados por los mismos cargos Puig y Soler, para quien el ministerio fiscal solicita la misma pena de prisión, además de otros once años de inhabilitación. Por su parte, la intendente Teresa Laplana se enfrenta a una acusación de sedición, a la que va aparejada una petición de 4 años de privación de libertad.
Fiscalía considera a los tres primeros "cargos subalternos" en el juicio que se está celebrando en el Tribunal Supremo por la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la declaración unilateral de independencia (DUI) fallida del mismo mes. Por ello, pidió la unificación de causas con el alto tribunal, algo que se le concedió. En el caso concreto de Trapero, se le acusa de no frenar el asedio a la comitiva judicial ante el Departamento catalán de Economía el 20 de septiembre de 2017, en los días previos a la consulta ilícita, además de ser incapaz de detener la cita electoral prohibida por el Tribunal Constitucional (TC) el 1-O.