Pensamiento

Principios y putrefacción

1 enero, 2015 14:49

El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) ha iniciado el proceso para sancionar a las emisoras de radio que se negaron a emitir información sobre el 9N. El tema es mucho más grave que lo que indica la escasa relevancia que le están dando los medios de comunicación y los responsables políticos.

Al haberse hecho explícito que la Administración catalana dispone de la capacidad para actuar contra el ordenamiento vigente se ha profundizado en la disolución del Estado en Cataluña

¿Cuáles son los antecedentes de este procedimiento sancionador del CAC? En septiembre la Generalidad convocó una consulta sobre el futuro político de Cataluña para el 9 de noviembre, consulta que fue suspendida por el Tribunal Constitucional (TC). Ante esta suspensión la Generalidad decidió convertir la consulta en un proceso de participación ciudadana sui generis que, en realidad, volvía a ser la consulta original pero con otro nombre. El TC suspendió también este proceso de participación ciudadana por providencia de 4 de noviembre que conviene recordar en su tenor literal, al menos en parte. Dicha providencia entre otras cosas acordaba "suspender los actos impugnados (desde el 31 de octubre de 2014, fecha de interposición del recurso, para las partes del proceso y desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado para los terceros), así como las restantes actuaciones de preparación de dicha consulta o vinculadas a ella".

La decisión del TC no impidió que la Generalidad continuara con la preparación de dicho proceso de participación que, como es sabido, efectivamente acabó teniendo lugar. Como consecuencia de ello, se han iniciado actuaciones judiciales tendentes a determinar si se ha incurrido en un delito de desobediencia por parte del presidente de la Generalidad y dos consejeras al no haber acatado la providencia del TC. También podrían haberse cometido otros delitos (prevaricación y malversación de caudales públicos) pero ahora no nos detendremos en ellos.

En el marco de la preparación de la consulta del 9N, la Generalidad se dirige a ciertos medios de comunicación para ordenarles que emitan publicidad institucional en relación al mencionado proceso. Algunos de estos medios se negaron a hacerlo con el argumento de que la providencia del TC prohibía la realización de actuaciones de preparación de cara al 9N, por lo que, según entendían dichos medios, la emisión de tal publicidad podría implicar la desobediencia a la resolución del TC con las consecuencias que ello pudiera tener.

Como puede apreciarse, nos encontramos ante una situación atípica: los ciudadanos -aunque el requerimiento de la Generalidad vaya dirigido a una empresa al final son siempre personas quienes han de tomar la decisión de cumplirlo o no- se ven enfrentados a órdenes contradictorias provenientes de diferentes poderes públicos. Se trata de una situación que los responsables políticos han de evitar, pues el enfrentamiento de dos legalidades que pretenden operar sobre las mismas personas coloca a éstas en la tesitura de decidir cuál es la legítima y este tipo de conflictos conduce inevitablemente a la destrucción del Estado de derecho.

Desde la perspectiva de la legalidad formalmente vigente en Cataluña la explicación de las causas de esta anomalía son claras: el presidente de la Generalidad y su Gobierno desobedecieron al TC -el propio consejero Homs, tras conocer la providencia del TC, dijo que mantenían el proceso participativo y que lo hacían con todas sus consecuencias-.

Es necesario que el Estado reaccione ante esta nueva provocación y ponga en marcha los mecanismos políticos y jurídicos necesarios para evitar que los ciudadanos sean cuestionados por haber cumplido con la ley y la Constitución

Ante esta desobediencia el Gobierno español decidió no actuar con antelación a la consulta, lo que permitió que durante unos días se hiciera expreso y visible que una administración estatal, la Generalidad de Cataluña, no se consideraba vinculada por el ordenamiento que nos rige a todos. Entiendo que no era sencillo evitar esta clara y expresa rebelión de la Generalidad. De hecho, tras el 9N algunos alabaron esta inacción pues acabó propiciando una derrota para el independentismo, toda vez que la exigua participación puso de manifiesto que no es mayoritario entre los catalanes.

Pero, frente a esta perspectiva pragmática, debemos recordar que en la política de vez en cuando han de ser también considerados ciertos principios. Ejerciendo de cínico diría que quizás no todas las semanas, pero sí en alguna ocasión se hace preciso tenerlos en cuenta, aunque nada más sea para evitar males mayores. Ahora vivimos uno de esos momentos.

Tal como indicaba, al no haber impedido el Estado la preparación y realización del 9N, los ciudadanos, y en particular los funcionarios, se vieron enfrentados a una disyuntiva inadmisible: o bien acataban las instrucciones recibidas por parte de la Generalidad (que es un poder público) o bien cumplían con lo establecido por el TC (que también es poder público). Esta dimensión del 9N ha sido escasamente considerada y creo que hubiera debido ser atendida, al menos desde un punto de vista comunicativo. Recuerdo a la vicepresidenta del Gobierno advirtiendo a Artur Mas de que no hiciera incurrir a los funcionarios catalanes en la comisión de actos ilícitos. cuando el mensaje necesario era, y sigue siendo, el de que el Estado español respaldará a los funcionarios y ciudadanos que cumplan con la ley.

Lamentablemente, esta idea no se explicitado con la necesaria contundencia, y de este modo, la Generalidad, una vez constatado que es posible incumplir la ley, la Constitución y las decisiones de los tribunales, parece decidida a dar el siguiente paso: sancionar a quienes las cumplen. No es un acto de mera arrogancia, sino que es siniestramente coherente con el explícito proceso de secesión que ya ha comenzado en Cataluña: se trata de indicar con rotundidad que la única ley auténticamente vigente es la que proviene de la Generalidad, reconvertida de órgano constitucional español en protoadministración de un nuevo Estado. De hecho, la imposición de sanciones a quienes se negaran a cumplir con lo establecido por la administración del nuevo Estado ya ha sido propuesta explícitamente por la decana de la Facultad de Economía de la UB en un artículo de hace unas semanas y es un paso necesario para conseguir la efectividad del nuevo orden que se está configurando.

La noticia de la imposición de sanciones a las emisoras que se han negado a desobedecer la providencia del TC que acordaba suspender la preparación del proceso participativo del 9 de noviembre es muestra de que tolerar la celebración de dicha consulta va más allá de haber forzado al independentismo a quemar un cartucho que no le ha permitido alcanzar las cotas de participación que necesitaba para haber dado un paso decisivo hacia la secesión. Al haberse hecho explícito que la Administración catalana dispone de la capacidad para actuar contra el ordenamiento vigente se ha profundizado en la disolución del Estado en Cataluña, algo que se viene fraguando desde hace años. Por ello es necesario que el Estado reaccione ante esta nueva provocación y ponga en marcha los mecanismos políticos y jurídicos necesarios para evitar que los ciudadanos sean cuestionados por haber cumplido con la ley y la Constitución. De no hacerlo así, la putrefacción del Estado de derecho continuará avanzando, igual que la gangrena en un miembro infectado. Y todos sabemos que tal putrefacción, si alcanza determinado punto, solamente puede ser atajada mediante la amputación del miembro afectado.

Sin principios tan solo nos quedará el nauseabundo olor de la putrefacción

Quizá no se pueda gobernar tan solo con principios, pero olvidarlos no trae buenos resultados a largo plazo. Sin principios tan solo nos quedará el nauseabundo olor de la putrefacción.

Quizás se entienda ahora la importancia de la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del pasado día 22 de diciembre en la que admitió a trámite la querella contra Artur Mas y dos consejeras por haber desobedecido la providencia del TC de 4 de noviembre. ¿Nos damos cuenta de que de no haber sido admitida hubiera resultado expreso que el Estado español no solamente carece de capacidad para impedir que la Generalidad actúe fuera del marco legal sino que ni siquiera la tiene para sancionar dicha ilícita actuación? Cuando algunos plantean la inconveniencia de llevar a los tribunales la actuación de las autoridades que organizaron el 9 de noviembre no puedo más que pensar que quienes así hablan o bien pretenden aunque sea secretamente la secesión de Cataluña o bien carecen del más mínimo sentido olfativo.