Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo Efe

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Ya entró en vigor: el aviso del Estatuto de los Trabajadores por el que podrías quedarte sin paga extra este verano 2026

El cambio en el Estatuto de los Trabajadores que permite a las empresas trasladar tu paga extra a otros meses del año sin tu consentimiento directo

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La llegada del calor suele ser sinónimo de un respiro económico para miles de familias. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores establece condiciones específicas que podrían hacer que no veas ese ingreso adicional en tu nómina.

Muchos trabajadores cuentan con la paga extra de verano para sus vacaciones sin revisar antes su contrato laboral. Existen supuestos legales que pueden modificar directamente lo que recibes.

La planificación financiera es la base de la tranquilidad en el hogar. Entender cómo se devenga este derecho evita sorpresas desagradables cuando llega el momento de revisar los movimientos bancarios en junio o julio.

Motivos legales para no recibir el ingreso adicional en verano

Aunque el verano se acerca y el alivio económico es necesario tras el alza de precios por la crisis energética global, no todos recibirán un ingreso extra. El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores aclara que las empresas solo están obligadas legalmente a fijar una de las pagas en Navidad.

La segunda gratificación debe abonarse en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo, por lo que el pago en junio o julio no es imperativo.

Esto implica que, sobre el papel, tu empresa podría optar por entregar la nómina reforzada en otros meses donde la facturación sea mayor para el negocio.

Asimismo, el BOE especifica que la cuantía exacta se fija por convenio, lo que genera que no todos los trabajadores perciban el mismo aumento salarial.

Aunque la tradición en España es realizar el abono en este periodo, la normativa permite matices que deben estar siempre aclarados en tu contrato. Para muchos, la paga extra de este año será vital para amortiguar el golpe al bolsillo.

Sin embargo, si tu convenio no especifica el verano como fecha de devengo, la empresa tiene margen legal para trasladar ese pago a otro momento del año.

Nóminas prorrateadas y el reparto mensual del salario

El Estatuto de los Trabajadores también, recoge en su articulado que podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones se prorrateen en las doce mensualidades.

Esta opción incrementa el nivel salarial de forma moderada durante todos los meses del año en lugar de concentrar el pago en momentos puntuales.

A nivel psicológico, este sistema no genera la misma satisfacción, ya que el empleado no percibe ese efecto de ver su salario duplicado en su nómina de verano.

Sin embargo, los trabajadores tienen derecho a acordar con la empresa este prorrateo a lo largo del año para tener una estabilidad de ingresos constante.

Es una práctica muy común en sectores de servicios donde se prefiere que el flujo de caja del empleado sea lineal para afrontar los gastos mensuales ordinarios.

En todo caso, si tu contrato ya contempla el prorrateo, legalmente no recibirás una paga extra adicional en julio, pues ya se te han ido abonando mes a mes.

Qué puedes hacer ahora

Revisa tu última nómina para comprobar si aparece el concepto "prorrateo de pagas extras". Si no aparece, consulta tu convenio colectivo para conocer la fecha exacta de cobro este verano y el importe que te corresponde.

Si tu nómina no refleja el ingreso esperado, consulta con tus representantes legales si existe un acuerdo específico que haya modificado la fecha de abono para este 2026.