Un hombre y una mujer echan cuentas con una calculadora

Un hombre y una mujer echan cuentas con una calculadora FREEPIK

+Economía

Entra en vigor: el IMSERSO activa la ayuda de 525 euros para pagar el alquiler de los pensionistas

Las mujeres son las principales beneficiarias de este complemento anual destinado a aliviar la asfixia económica de las rentas más bajas

Te interesa: Confirmado por el Tribunal Supremo: has de ir a trabajar aunque la empresa lleve 2 meses sin pagar el sueldo

Llegir en Català
Publicada

Noticias relacionadas

El constante encarecimiento de la vivienda en nuestro país, unido a la presión inflacionista actual, castiga severamente a los mayores. Las pensiones básicas apenas alcanzan para cubrir los gastos esenciales del día a día de miles de ciudadanos.

En este complicado escenario económico, las mujeres pensionistas se perfilan a menudo como las más perjudicadas del sistema. Las estadísticas confirman que perciben las prestaciones más bajas, llegando a cobrar hasta 500 euros menos al mes.

La asfixia de las rentas mínimas

Una gran parte de este colectivo depende en exclusiva de las pensiones no contributivas para sostener su economía. Cada vez más jubilados se enfrentan a una situación asfixiante frente a un mercado del alquiler tensionado.

Los ingresos de estos ciudadanos se mantienen en niveles muy ajustados, rondando en muchos casos los 600 euros mensuales. Hacer frente a una mensualidad de arrendamiento con estas cifras resulta prácticamente imposible sin apoyo institucional.

El complemento anual del IMSERSO

Para mitigar esta grave vulnerabilidad, existe una ayuda económica específica y todavía poco conocida por muchos potenciales beneficiarios. Se trata de un complemento anual de 525 euros que está gestionado directamente por los servicios del IMSERSO.

El objetivo principal es aliviar la carga del alquiler y ofrecer un pequeño respiro financiero a los mayores. Esta medida está regulada por el Real Decreto 1191/2012, que sigue plenamente vigente en este ejercicio 2026.

Requisitos para solicitar los fondos

El complemento se dirige exclusivamente a personas que perciben una pensión no contributiva, ya sea por jubilación o por invalidez. Es un requisito indispensable que el solicitante no disponga de vivienda en propiedad en ninguna parte del territorio.

Además, la normativa exige que el beneficiario resida en régimen de alquiler en su vivienda habitual y permanente. El contrato de arrendamiento oficial debe figurar obligatoriamente a nombre de la persona solicitante de la prestación.

Condiciones del contrato de arrendamiento

Los expertos recuerdan que es necesario haber vivido en ese mismo domicilio durante al menos seis meses consecutivos. El documento contractual firmado con el propietario debe tener una vigencia igual o superior a un año.

El sistema impone estrictas reglas sobre la identidad del arrendador para evitar posibles fraudes a las arcas públicas. Se exige que el propietario del inmueble no tenga ningún vínculo familiar directo con el inquilino pensionista.

Restricciones por parentesco y convivencia

La ley prohíbe conceder el dinero si el casero es la pareja o un pariente hasta el tercer grado de consanguinidad. Estas limitaciones garantizan que los fondos públicos lleguen a quienes sufren un riesgo real de exclusión residencial.

En aquellos hogares donde conviven varias personas con pensión no contributiva, la administración aplica una restricción adicional. La ayuda se concede exclusivamente a uno de los convivientes, normalmente a quien figure como titular del contrato.

Exclusiones y gestión autonómica

Quedan totalmente excluidos de este complemento anual quienes perciben cualquier tipo de pensión contributiva de la Seguridad Social. Tampoco podrán acceder quienes residan de forma gratuita en el inmueble de un familiar cercano.

La gestión administrativa de estos 525 euros anuales depende directamente de los servicios sociales de cada comunidad autónoma. Estos organismos regionales son los encargados de tramitar y aprobar los expedientes dentro de sus respectivos territorios.

Trámites y documentación necesaria

El abono de la prestación suele realizarse mediante un pago único anual o de forma prorrateada mes a mes. La solicitud formal puede presentarse de forma presencial o a través de la sede electrónica habilitada por la autonomía.

Para completar el trámite, es imprescindible aportar el documento de identidad y un justificante de la pensión percibida. Se exige entregar el contrato de alquiler y un certificado de empadronamiento que demuestre la residencia habitual del solicitante.