Jaume Collboni / EFE

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Ya es oficial: los mayores de 55 años podrán cobrar una ayuda de hasta 4.800 euros al año para el alquiler en Barcelona

Las ayudas nacen de un acuerdo con Junts per Barcelona y el consistorio las enmarca en su estrategia para frenar la pérdida de vivienda habitual en un mercado del alquiler muy tensionado

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La vivienda es la mayor preocupación de todos los españoles. La falta de oferta, la alta demanda y los precios de mercados hacen que para los jóvenes sea misión imposible acceder a una vivienda. Por ende, muchos aún viven de alquiler compartiendo pisos con más compañeros.

Ante esta situación, el Ayuntamiento de Barcelona ha anunciado un nuevo paquete de ayudas para facilitar el acceso a un alquiler. La prestación subvenciona recibos de alquiler correspondientes al año 2026 (de enero a diciembre) con un importe máximo de 400 euros mensuales.

Lo ha anunciado el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, durante una entrevista en La2Cat de RTVE. Según ha explicado, la ayuda se activará bajo el nombre de "escudo social" en materia de vivienda y tiene como objetivo que "la gente que tiene riesgo de quedarse sin casa pueda pagar los alquileres cuando la inversión que realiza la unidad familiar es superior a un tercio de los ingresos", así como ayudar a quienes encuentran dificultades para acceder a una vivienda.

Se trata de una convocatoria de ayudas al alquiler dirigida a familias monoparentales y a personas mayores de 55 años que vivan solas. La medida, dotada con 6 millones de euros, cubrirá parte de la renta cuando supere el 30% de los ingresos, para viviendas con alquiler de hasta 1.100 euros.

Las ayudas nacen de un acuerdo con Junts per Barcelona y el consistorio las enmarca en su estrategia para frenar la pérdida de vivienda habitual en un mercado del alquiler muy tensionado. La nueva convocatoria se suma a otras líneas de apoyo del Consorcio de la Vivienda de Barcelona y de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Cuantía y funcionamiento de la prestación

El importe de la ayuda se calcula según la diferencia entre el alquiler que se paga y los ingresos del hogar, con un mínimo de 20 euros y un máximo de 400 euros al mes. La duración máxima de la subvención es de 12 mensualidades.

Para recibir los pagos habrá que justificar mensualmente que se está al corriente del pago del alquiler mediante transferencia bancaria o recibo domiciliado. Esta prestación no es compatible con otras ayudas que cubran las mismas mensualidades.

Plazos de presentación

Las solicitudes se podrán presentar a partir del día posterior a la publicación de la convocatoria, que se abrirá este viernes, 20 de febrero. El plazo para presentar las solicitudes es de 30 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria oficial. Se recomienda a los interesados revisar la documentación necesaria, que incluye el contrato de alquiler, el certificado de convivencia y la declaración de renta, para tramitar la solicitud dentro del plazo establecido.