
Ferran Torres, en acción durante el Barça-Osasuna de Liga en el Estadi Olímpic de Montjuïc EFE
Los argumentos jurídicos del Barça para desmontar la impugnación del Osasuna
El club pamplonés alega que se ha incumplido el tiempo obligatorio, establecido por la FIFA, que debe pasar entre el último partido de una selección y el siguiente de un club
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El Club Atlético Osasuna ha impugnado su partido contra el Barça. El club pamplonés lo puso muy fácil para aplazar el partido, suspendido por la trágica muerte del doctor Miñarro. Estaba de acuerdo con la fecha que proponía Joan Laporta y su presidente, Luis Sabalza, antes de la comida de directivas en la capital catalana, confirmó que jugarlo el pasado jueves era un "marrón". Sin embargo, en los despachos la entidad rojilla ha cambiado radicalmente su postura. Quiere conseguir los tres puntos fuera del terreno de juego.
Osasuna considera que la salida de Iñigo Martínez supone una alineación indebida. Se ampara en el apartado 5 del Anexo 1 del Reglamento sobre el Estatuto y la de Transferencia de Jugadores de la FIFA. El artículo estipula que han de pasar cinco días entre el último partido de una selección y el siguiente de un club.

El apartado 5 del Anexo 1 del Reglamento de Transferencia de Jugadores de la FIFA FIFA
"Especifica que un jugador que no se incorpora a la convocatoria de su selección por razones médicas, o la abandona, no podrá disputar encuentros con su club durante los cinco días naturales posteriores al fin del periodo internacional", según recogió el Osasuna en un comunicado oficial.
Un acuerdo, necesario
El Barça ya ha recibido la impugnación y ahora tiene hasta el próximo jueves para apelarla. La institución rojilla se acoge a que no se cumplen "los plazos establecidos". Y es que Iñigo fue convocado el pasado con la selección española. Pero el último partido de la Roja fue el día 23 y el Barça-Osasuna, donde sí jugó, el 27.

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Así, de este modo, el Osasuna tendría razón en que no han pasado el tiempo correspondiente, contando con el periodo adicional de cinco días. Lo que deberá demostrar Laporta, por tanto, es que, a pesar del test médico, tenía un pacto con la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
Las palabras del seleccionador
La norma de la FIFA dice que Iñigo no podría jugar "a menos que la asociación acuerde lo contrario". Si hay acuerdo, no hay alineación indebida. Y, al parecer, tomando como referencia las palabras de Luis de la Fuente, parece haberlo. "Es tan sencillo como que hay un parte médico y una lesión. El jugador no viene y nada más", exclamó el técnico.

Luis de la Fuente dirige un entrenamiento de la selección española EFE
La RFEF comunicó el pasado 17 de marzo que "una parameniscitis interna en su rodilla derecha remitida en el informe recibido del FC Barcelona" era el argumento para la baja de Martínez. Aun así, el Osasuna no se da por vencido. Anhela ver el acuerdo.
Amparo legal para el Barça
Pese a ello, el Barça puede estar tranquilo. Fuentes especializadas en derecho deportivo señalan que la impugnación de la entidad navarra no tiene recorrido. Y es que, al igual que el Osasuna se remite a una normativa FIFA, Laporta puede agarrarse a otra: la tercera edición, publicada en 2023, del Comentario del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores.

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Aquí es donde se especifica lo siguiente: "A menos que la no liberación se deba a que el jugador está lesionado conforme al artículo 5 del Anexo 1, la restricción de juego se ampliará en cinco días tras el final de dicho periodo". E Iñigo sí estaba lesionado. El informe lo demostraría.
Otro frente abierto
También tendría que el Barça que demostrar su inocencia con los casos de Gerard Martín, Pablo Torre y Fermín López, "valorada como una cuestión diferente la liberación de su segundo compromiso con la selección española" porque "no se justificó por una causa médica".
Un acuerdo, en este caso, parece aún más evidente, dado que acudir a la llamada del equipo nacional es obligatorio. La respuesta de los servicios jurídicos del Barça no tardará en llegar. Luego será el Comité de Competición de la RFEF el que deba dictar sentencia.