Por mucho que parezca un volcán dormido, el caso Negreira sigue en estado de erupción latente. Hace una semana, la Fiscalía recurrió la imputación del actual presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, al señalar que sus supuestos delitos habían prescrito en julio de 2020. Además, dejó claro que no se le puede considerar responsable de los pagos que hicieron las juntas que lo sucedieron a partir de 2010. ¿Por qué? Debido a que, además de no existir delito continuado --sólo puede hacerlo una persona--, tampoco existe cohecho, al no ser Negreira un funcionario público.
A priori, los argumentos de Anticorrupción para desmontar el hipotético delito continuado de Laporta y del Barça, en relación al objeto de la investigación, parecen más sólidos y fundamentados que las intentonas constantes del juez instructor, Joaquín Aguirre, por meter cizaña contra el club y el actual mandatario culé.
La Fiscalía refuerza su postura inicial
El ministerio público no ha dudado a la hora de defender a Laporta en los últimos días. Y, de paso, presentar un recurso contra el auto del pasado 18 de octubre dictado por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Barcelona, en el marco de las diligencias previas 348/23, donde se imputaba a Laporta por varios delitos cogidos con pinzas. Los fiscales alertaron de que, según la ley, el cómputo del plazo de prescripción del delito comienza cuando Jan deja la presidencia, y no de 2018 hacia atrás.
"Estos posibles delitos estarían prescritos, cualquiera que fuera el tipo penal aplicable", aclararon esta semana fuentes de Anticorrupción en un nuevo comunicado, reforzando su postura. Y a continuación, desmontaron el supuesto delito continuado. "No tiene sentido, aun construyendo el delito continuado, que se persiga a un presidente por los hechos cometidos por el siguiente. Ni Rosell responde por lo que hizo Bartomeu después, ni Laporta por lo que hicieron estos dos presidentes que le sucedieron en el cargo", podía leerse en la nota oficial de la Fiscalía.
La interpretación forzada de Aguirre
Cabe recordar que, semanas antes de la imputación de Joan Laporta, el magistrado ya había incluido el delito continuado en la investigación abierta. Desde ese momento existía la posibilidad de que el presidente blaugrana fuese imputado, dado que la prescripción del delito de cohecho es de diez años y el último pago al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) tuvo lugar en el año 2018.
Bajo esa estrambótica interpretación del juez Aguirre, la participación de Laporta todavía no había prescrito. Es por ello que decidió imputarle, junto a los expresidentes Rosell y Bartomeu, por las transgresiones de corrupción deportiva, administración desleal y falsedad en documento mercantil.
Sorpresa de Laporta... y tranquilidad
El propio Laporta, semanas atrás, se mostró sorprendido por la imputación en el caso Negreira, y convencido de que existe una "campaña orquestada y feroz" para desestabilizar al club y a sus directivos. "De nuestra época, todos los pagos se pueden constatar. Desde el punto de vista fáctico, está demostrado. Y también técnico. Estamos probando nuestra hipótesis. La parte que nos acusa de corrupción deportiva no se puede probar. Además no hay soborno, porque Negreira no tiene calificación de funcionario", argumentó el mandatario del Barça.
El CTA, recordemos, forma parte de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), una entidad privada. Ese razonamiento, junto a los expuestos anteriormente, son los que defiende la Fiscalía Anticorrupción para remar a favor del bando laportista. Y contra un juez, Joaquín Aguirre, que sigue basando sus autos en teorías, acusaciones no probadas y "deducciones lógicas" que trascienden a la práctica jurídica.