Avión de Iberia / EFE

Avión de Iberia / EFE

Sucesos

Iberia debe indemnizar a una familia con un mínimo de 2.400 euros por un retraso de más de 8 horas

La aerolínea está obligada a abonar 600 euros a cuatro pasajeros después de denegarles el embarque en un vuelo Madrid-Málaga

6 octubre, 2020 13:07

El Juzgado Mercantil número 2 de Málaga ha sentenciado que la compañía aérea Iberia, perteneciente al grupo IAG, deberá pagar 2.400 euros en concepto de indemnización, más costas e intereses, a una familia de cuatro miembros que sufrió un retraso de más de ocho horas por denegársele el embarque en un vuelo Madrid-Málaga. La resolución llega después de que Facua - Consumidores en Acción interpusiera una denuncia a la aerolínea por incumplimiento del marco legal que establece el Reglamento Europeo 261/2004, en cuanto a retrasos y cancelaciones.

Retraso y embarque denegado

Los hechos se remontan hasta el 3 de marzo de 2018 en el aeropuerto de Madrid-Barajas. Una familia, procedente de Nueva York, aterrizaba en Madrid horas más tardes de lo previsto. Pese al retraso acumulado por el primer avión, el matrimonio, junto a sus dos hijos, llegó antes de la hora de partida prevista del vuelo que les hacía de enlace con Málaga, su destino final.

Una vez frente a la puerta de embarque de esta segunda conexión, el personal de tierra de Iberia es denegaba el acceso al avión alegando el retraso sufrido en su vuelo anterior. La única solución que ofrecía la compañía era ubicarles en una nueva frecuencia para el día siguiente. Algo que no entraba entre los planes de los adultos, puesto que sus obligaciones laborales no les permitían otra opción que no fuera la de viajar en esa misma jornada.

Traslado en microbús

Iberia acabó respondiendo a la situación. Lo hacía trasladándolos hasta la ciudad de la Costa del Sol en microbús. Sin embargo, la familia llegó ocho horas más tarde de lo previsto a su destino. Por este motivo, se decidieron a llevar a la compañía frente a los tribunales, acudiendo a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) que desestimó la causa y resolvió a favor de la aerolínea.

Tras conocer el resultado del procedimiento inicial, la familia se ponía en manos de Facua, una organización no gubernamental en defensa de los derechos de los consumidores, que interpuso una segunda denuncia contra la compañía en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Sentencia

Dicha institución acabaría resolviendo a favor de los malagueños y obligando a Iberia a abonar 600 euros a cada pasajero, de acuerdo con la normativa legal que establece el Reglamento Europeo 261/2004, aprobado el 11 de febrero de 2004 y que dicta, en la letra c del artículo 7, Derecho a compensación, lo siguiente: "Los pasajeros recibirán una compensación por valor de 600 euros para todos los vuelos no comprendidos entre las opciones a y b (vuelos con distancias entre 1500km y 3500km y demás)".