Ortega Cano se lleva 40.000 euros en su último juicio
El Tribunal Supremo ratifica la sentencia contra una publicación por vulnerar su derecho al honor y hacer escarnio de su accidente
22 diciembre, 2020 18:45Ortega Cano ya tiene la sentencia definitiva que esperaba. El Tribunal Supremo confirma que la revista satírica Mongolia vulneró el derecho al honor del extorero y debe indemnizarlo con 40.000 euros.
La Sala de lo Civil del Supremo ratificado así la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid y la de un juzgado de Alcobendas que impuso esa cantidad en concepto de daños y perjuicios.
El origen del caso
El caso se remonta a un espectáculo teatral que organizó la publicación en cuyo cartel se veía la cara del diestro en el cuerpo de un extraterrestre y tres polémicas frases: una salía de su boca --“estamos tan a gustito”-- y dos se leían en un cartel que portaba -"¡Antes riojanos que murcianos" y "Viernes de dolores... sábados de resaca".
Los jueces han visto en ello "escarnio" de sus problemas con el alcohol, de modo que sus responsables deben indemnizarlo.
Defensa de 'Mongolia'
La revista y su propietaria Editorial Mong SL alegan que no había vulneración de derechos, que prevalece la libertad de expresión, que ampara la publicación satírica. El Supremo, en cambio, no lo ve así.
El presidente de la citada sala del Tribunal, Francisco Castán, considera que se vulnera el “honor” del denunciante. Además ve que se hace "escarnio" de "la adicción del demandante a las bebidas alcohólicas, reviviendo así un episodio de su vida por el que ya había cumplido condena, y en definitiva atentando contra su dignidad”. En referencia al accidente que sufrió el diestro y en el que murió una persona.
Delitos
La sentencia también ve intromisión ilegítima en la propia imagen del demandante. Algo que queda patent, asegura, por la utilización de su imagen para un fin publicitario sin haber obtenido previamente su consentimiento legal.
El juez no comparte la visión “crítica” que alega la publicación. "No se refleja en el cartel enjuiciado. De hecho, se usó "única y exclusivamente" para publicitar el espectáculo, como "mero reclamo para vender entradas y buscando el beneficio económico de Ediciones Mong", que, según la sentencia, obtuvo alrededor de 1.000 euros mensuales.
Beneficio económico
El cartel se difundió en soporte material -a modo de cartelería-, digital y en redes sociales, con un público potencial de 300.000 personas.
Ese alcance es una de las razones por las que el Supremo rechaza el argumento de Mongolia de que la indemnización impuesta no es proporcionada. Aun así, la revista advirtió que su futuro se veía amenazado por esta condena y llevó a cabo una campaña de recogida de fondos para sufragar los gastos del proceso.