La ANC eleva al Supremo la campaña de boicot independentista
La Audiencia de Barcelona rechazó la última apelación de la organización radical
16 abril, 2024 15:20Noticias relacionadas
La Assemblea Nacional Catalana (ANC) elevará hasta el Tribunal Supremo la causa sobre su campaña de boicot independentista. Nunca ha conseguido una victoria judicial tras la denuncia de Foment del Treball respecto a la campaña Consumo Estratégico que lanzó en 2018.
Tanto los tribunales de lo Mercantil como la Audiencia Provincial de Barcelona dieron por probado que esta iniciativa sólo perseguía dañar la actividad comercial de las empresas que no compartían su ideario político. Es decir, tanto a las que no defendían la independencia de Cataluña desde sus negocios como las que trasladaron su sede social fuera de Cataluña en los momentos álgidos del procés.
Revolcón en la Audiencia de Barcelona
El último revolcón que encajó fue el pasado marzo. La Audiencia de Barcelona rechazó el recurso de casación de la ANC y condenó a la entidad a pagar las costas del proceso, un importe que habría motivado a la organización radical a mantener el pulso vivo.
De forma oficial, la organización mantiene que es "totalmente legítimo y amparado en la libertad de pensamiento y de expresión, así como en el derecho de asociación" promover una "campaña de información a los consumidores animándolos a actuar pacíficamente de acuerdo con las condiciones políticas y sociales necesarias para la consecución y constitución del Estado catalán independiente".
Campaña de boicot político
A pesar de que se ha probado en distintas salas que la ANC promovía un boicot con fines políticos, la entidad expresa a sus simpatizantes que en ningún momento señaló "a ninguna empresa". También carga contra la justicia, ya que asegura que "confunde la expresión de ideas políticas" con el "cumplimiento real de la campaña" y "atribuye a la entidad conductas que nunca tuvieron lugar y que, además, no están prohibidas por el ordenamiento jurídico".
Para la ANC, se trata de una "campaña informativa de consumo centrado en valores", por lo que "prohibirla y calificarla de acto obstaculizador en la modalidad de boicot constituye una violación de los derechos y libertades fundamentales". El Supremo deberá analizar la causa y decidir si ratifica la condena en costas interpuesta hace un mes.