La reforma concursal deja en manos de Hacienda el futuro de los créditos ICO
La nueva norma obliga a los bancos a validar su propuesta de quitas y aplazamientos de los préstamos públicos ante la Agencia Tributaria
15 octubre, 2022 00:00107.102 millones de euros. Esa es la inmensa cantidad de recursos públicos que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha movilizado desde el estallido de la pandemia en 2020 y hasta el pasado mes de mayo para oxigenar el tejido productivo. Tras la entrada en vigor de la reforma concursal, el futuro de estos préstamos está en manos de la Agencia Tributaria (AEAT).
¿Por qué? La clave se halla en la disposición adicional octava incorporada al texto refundido que entró en vigor el pasado 26 de octubre. Una previsión que, según fuentes consultadas por Crónica Global, se añadió a la norma en el tramo final de su negociación. Esta disposición cede a Hacienda la capacidad de autorizar la renegociación de los préstamos por parte de los bancos.
Autorización obligatoria
Los créditos ICO deben ser comunicados por las entidades al administrador concursal para que así sean incorporados en su informe. Este paso se efectúa libremente por parte de los grupos financieros como venía ocurriendo hasta ahora. Lo que cambia con la nueva ley es que el voto de los bancos en junta de acreedores sobre dichos créditos requiere el sí indispensable de la AEAT. Un pronunciamiento que puede incluir operaciones como quitas, fraccionamientos y aplazamientos sobre esta deuda pública.
"La exigencia de ese consentimiento previo por parte de la Administración Tributaria para que una entidad pueda votar favorablemente nos mete en un procedimiento altamente burocrático. Si no llegan las autorizaciones no se podrán tomar decisiones, no se podrán aprobar planes de reestructuración ni convenios", explica el abogado mercantilista Josep Maria Cardellach.
Hacienda tiene la palabra
Dado que las empresas que probablemente se reestructuren habrán acudido a este colchón público, la cuestión no es menor. Si no se recaba este plácet, se producirá el perjuicio del aval, en la parte que no haya sido ejecutada o bien la conservación de los derechos de recuperación y cobranza por parte del Ministerio de Economía.
Este punto dificultará, según el letrado, que los créditos ICO puedan formar parte de los planes de reestructuración o convenios a no ser que Hacienda adopte criterios claros y actúe con celeridad ante la previsible avalancha de solicitudes. De lo contrario, el probable embrollo burocrático puede desincentivar la negociación de los préstamos públicos.
Cambios normativos
Por otro lado, la nueva regulación sí ha tenido el acierto de considerar a estos préstamos como créditos ordinarios o financieros, como apunta Cardellach. Además, no cuenta con una prelación prioritaria de pago al no tratarse de un crédito privilegiado.
Esta tipología de pasivo permite la exoneración destopada de su cantidad en los concursos de persona física, en contra de lo que sucede con otros créditos públicos.
Esperando a Bruselas
Este esquema jurídico podría dar un vuelco si la Unión Europea da luz verde a la propuesta del Gobierno para extender la carencia de los préstamos públicos hasta un máximo de 10 años. Se trataría de la tercera prórroga, toda vez que la línea de ayudas avalada al 80% por el Estado y desplegada en marzo de 2020 se pospuso primero hasta noviembre de 2021 y, posteriormente, hasta el 30 de junio de 2022.
Fue entonces cuando el Ministerio de Economía pidió el OK a la Comisión Europea para ampliar la amortización, previa autorización de las entidades bancarias, otros ocho o diez años. Pero mientras Burselas se pronuncia, la pelota está en el tejado de Hacienda.