La magistrada Lourdes Arastey en una imagen de archivo / EFE

La magistrada Lourdes Arastey en una imagen de archivo / EFE

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El Supremo abre la puerta a validar despidos después de los ERTE

La magistrada de la Sala Cuarta Lourdes Arastey reclama acabar con la incertidumbre de la normativa que se aprobó al inicio de la pandemia que pueden ser contraproducentes en el momento actual

13 noviembre, 2020 18:01

El Tribunal Supremo permitirá hacer despidos colectivos a pesar de la aplicación de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), dependiendo del motivo y siempre que no haya nuevos cambios legislativos. “¿Puede una empresa que ha estado en un ERTE hacer luego un despido colectivo? La respuesta es sí”, ha advertido este viernes Lourdes Arastey, magistrada de la Sala Cuarta del alto tribunal.

La aplicación de este criterio se dará “siempre que se trate de una causa distinta y sobrevenida a la que provocó el ERTE, o que la causa, siendo la misma, haya sufrido una modificación sustancial”. Las palabras pronunciadas por la jueza en el marco del III Congreso de Derecho Laboral del Colegio de Abogados de Barcelona (Icab) son un aviso ante la incertidumbre creada por la prohibición de los despidos para las empresas acogidas a este programa, que permite una rebaja en las cuotas de la Seguridad Social.

Los cambios serán clave

La magistrada ha aclarado que el quid será “determinar si la causa es o no la misma” para el ERTE y el despido. “Tendrán que haberse añadido elementos circunstanciales”. Arastey prevé que “no va a ser una labor fácil” esclarecer si el cambio es significativo y si la decisión ha sido razonable, “sobre todo en un momento en que la normalidad ha desaparecido de nuestras vidas”. De cara a justificar los despidos, “la gran herramienta” que tendrán los empresarios será aducir que “la cosa ha ido peor”, especialmente si existían problemas económicos previos a la crisis.

De todas formas, la jueza Arastey ha indicado que “el criterio de la Sala es que estamos ante cuestiones caso a caso”, de manera que cada situación se estudiará una por una. Las primeras sentencias del Supremo en esta materia pueden tardar años en llegar y la magistrada cree que por ahora no son más que un “futurible”. Pero sus declaraciones son una primera guía en un momento de gran incertidumbre para empresas y empleados.

¿Prohibido despedir?

Con la llegada del estado de alarma, el Gobierno anunció que prohibiría los despidos durante medio año a las compañías que se acogieran a las reestructuraciones temporales por fuerza de causa mayor de la pandemia. Sin embargo, otro de los jueces que ha participado en la conferencia del Colegio de Abogados de este viernes lo cuestiona. “No se prohibió despedir por el Covid”, ha opinado Carlos Escribano, magistrado del Juzgado Social 26 de Barcelona. Más que ilegales, Ecribano señala que estos despidos son improcedentes o como mucho nulos, y en este debate él se decanta por la improcedencia.

Otra de las grandes cuestiones que se debaten es cómo se van a contar los seis meses de salvaguarda del empleo tras la activación de un ERTE. En esta interpretación, ambos jueces coinciden: no está claro y dependerá de los inspectores de trabajo. Sin embargo, se inclinan por pensar que el tiempo se calculará individualmente para cada empleado afectado.

 

 

El paro sube en octubre en 49.558 personas, su menor subida desde 2016 / EP

Incertidumbre ‘dañina’

Los jueces también han destacado la “incertidumbre” e “inseguridad” que nos ha dejado la pandemia y un nuevo marco legal de emergencia. Y alertan que, en algunos casos, las normas que buscan preservar el empleo pueden ser contraproducentes. En este aspecto, el juez Escribano ha reflexionado sobre el problema que puede suponer “mantener una actividad en la que es irreversible la situación de quiebra”.

Arastey se ha pronunciado en la misma línea: “En algunos casos se está alargando la agonía porque si te pasa esto no te puedes ir a un despido colectivo, te tienes que ir a un ERTE.” Un problema que Escribano ha resumido con la siguiente pregunta: “¿Podemos obligar a mantener un negocio que es totalmente ruinoso?”.

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