Revés judicial a Deliveroo. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la relación laboral de 10 repartidores con la compañía británica de entrega en última milla. La instancia judicial obliga a la empresa a readmitir a los 10 riders, así como a indemnizarles.
Lo ha comunicado el bufete de abogados Col·lectiu Ronda, que ha informado hoy martes, 21 de julio, que el TSJC ha confirmado una sentencia anterior dictada por el juzgado de Lo Social número 31 de Barcelonaen 2019, y que concluía también que había vínculo laboral entre repartidores y compañía, esto es, que éstos no eran autónomos, sino falsos autónomos.
Primera sentencia contraria contra Deliveroo
Aquella resolución judicial, confirmada ahora por la instancia judicial superior, fue la primera en la Ciudad Condal que confirmaba que Deliveroo estaba usando "un modelo de falsos autónomos para ofrecer el servicio de reparto a domicilio", ha enfatizado un portavoz del despacho.
En efecto, el TSJC ha sentenciado en la misma dirección que la sala de Lo Social, obligando a la enseña británica a recontratar a los 10 riders y a indemnizarles con 625 euros a cada uno al apreciar "la existencia de indicios sobrados" de que la causa final de su despido fue su participación en una huelga de repartidores que tuvo lugar el 25 de junio de 2017.
Paro contra la precariedad
De hecho, la movilización laboral en la que participaron los demandantes pretendía que Deliveroo reconociera la condición de asalariados de los riders. También perseguía denunciar la precariedad laboral en el seno de la empresa.
Los 10 repartidores fueron despedidos, y ahora el TSJC estima que el fin del vínculo laboral se debió a su participación en la protesta.