Un repartidor de Glovo junto a su moto / GLOVO

Un repartidor de Glovo junto a su moto / GLOVO

Business

Un juzgado reconoce que los repartidores de Glovo son falsos autónomos

La sentencia estima que la relación de estos empleados es laboral, por lo que debe aplicarse la normativa de un trabajador por cuenta ajena

13 febrero, 2019 18:16

El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha dictado sentencia este miércoles en la que reconoce que un repartidor de Glovo es un falso autónomo y tiene relación laboral con esta empresa, según ha informado UGT en un comunicado.

En concreto, los servicios jurídicos del sindicato instaron la demanda de un repartidor que había sido despedido por participar en una huelga espontánea realizada en septiembre de 2018 por parte de los repartidores de Glovo para reivindicar mejoras en sus condiciones de trabajo.

Dos sentencias previas en sentido contrario

La sentencia conocida hoy, "favorable para los trabajadores", según UGT, llega tras dos sentencias contrarias dictadas por los Juzgados de lo Social número 37 y 17 de Madrid, que habían considerado que la relación de estos repartidores de Glovo era propia de trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade).

El texto de la sentencia recoge las circunstancias y condiciones en las que se presta el servicio de reparto en Glovo, analiza la nueva realidad de la actividad productiva a través de las nuevas tecnologías y plataformas digitales y concluye aceptando la argumentación de UGT de que la relación de trabajo de los repartidores es laboral, aplicándose en toda su extensión a la misma las normas laborales y de Seguridad Social propias del trabajo asalariado.

Despido nulo

Tras reconocer la relación laboral, la sentencia califica el despido como nulo por haber sido consecuencia del ejercicio por parte del repartidor de sus derechos fundamentales de huelga y libertad de expresión.

El sindicato ha precisado que tras esta sentencia se centrará en el conflicto colectivo planteado en la Audiencia Nacional, que está en fase preparatoria, así como en los procedimientos de oficio iniciados por la Tesorería de la Seguridad Social contra Deliveroo y Glovo para hacer valer los criterios expuestos en esta sentencia.