Todas las opciones del Tribunal Supremo sobre el impuesto de las hipotecas
El pleno del Supremo se reúne este lunes para tomar una decisión definitiva, que puede pasar por confirmar la sentencia de su sala segunda que penaliza a los bancos
4 noviembre, 2018 00:00El pleno del Tribunal Supremo tendrá este lunes la última palabra sobre quién debe pagar el impuesto sobre actos jurídicos y documentados, que forma parte de los gastos que se realizan con el contrato de una hipoteca. Tras la sentencia de la sala segunda de lo Contencioso-Administrativo, el pleno podría ratificarla o tomar otra decisión, después de lamentar esos cambios, lo que llevó al presidente del Supremo, Carlos Lesmes, a pedir públicamente perdón. Los consumidores y las entidades financieras esperan una decisión, que supone el pago de una media de 1.700 euros, aunque varía en función del importe total del préstamo y de la comunidad autónoma.
El comparador financiero HelpMyCash.com ha analizado los escenarios más probables, que se pueden establecer en tres grandes apartados: que lo tenga que abonar el banco, que se le cobre al cliente, o que haya un reparto equitativo, al margen de cómo se acota, si lo pagan las entidades, el dinero que se debería devolver respecto a los últimos años.
Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo
Lo paga el banco
El escenario que esperan los clientes es que el Supremo mantenga el criterio que estableció la Sección Segunda de su Sala de lo Contencioso-Administrativo: es el banco el que debe pagar el impuesto por ser el interesado en que se escriture y registre la hipoteca. Esto supondría también la eliminación del artículo del reglamento del tributo que establece que el abono corresponde al cliente por ser contrario a la ley.
Las asociaciones de consumidores también reclaman que esta decisión sea retroactiva, es decir, que se pueda exigir el reembolso del IAJD abonado en operaciones anteriores al 5 de noviembre de 2018. En ese caso, HelpMyCash.com calcula que cada hipotecado podría recuperar más de 3.000 euros de media, sumando el coste del impuesto al de los otros gastos de constitución que la banca debe devolver (notaría, registro y gestoría).
Un potencial comprador, a través de hipoteca, de una vivienda, ante una maqueta de la construcción
El Supremo, sin embargo, puede decidir la no retroactividad de su fallo, en cuyo caso solo se aplicaría en la formalización de los nuevos contratos. En ambas situaciones, la banca podría encarecer sus préstamos hipotecarios u otros productos para compensar el coste del IAJD y/o de las devoluciones, ya fuera con subidas de interés, o comisiones más caras. Algunas entidades como CaixaBank, Bankinter o Ibercaja ya han movido ficha al incrementar el tipo de sus hipotecas fijas durante la pasada semana.
Sigue pagando el cliente
Las expectativas de la banca son diferentes. Lo que espera el sector financiero es que el Supremo retome la jurisprudencia que seguía antes de la sentencia del 16 de octubre y establezca que el impuesto debe pagarlo el cliente por ser el sujeto pasivo de la operación. De hecho, esa es la postura que tomó su Sala de lo Civil el pasado 28 de febrero de 2018, con otra sentencia sobre otro caso concreto.
El comparador de HelpMyCash.com afirma que esta decisión no afectaría a los otros gastos de constitución que el banco no puede trasladar íntegramente al cliente en ningún caso: los aranceles notariales y registrales y los honorarios de la gestoría. El comparador calcula que, pese a no poder reclamar por el IAJD, cada hipotecado podría recuperar una media de unos 1.500 euros.
Un pago equitativo
La última posibilidad es que el alto tribunal tome una decisión salomónica: que el impuesto de la hipoteca recayera tanto sobre el cliente como sobre el banco. En este caso, habría que ver qué porcentaje del tributo debería abonar cada parte y cuál sería el carácter del fallo (retroactivo o no).
Pese a todo, en cualquiera de estos tres escenarios no puede descartarse que una de las partes afectadas (consumidores o banca) eleve una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en cuyo caso habría que esperar a su sentencia para saber finalmente quién debe pagar el IAJD. El propio Supremo también podría hacer lo propio antes de tomar su decisión, aunque debería establecer qué ocurriría con las nuevas hipotecas hasta que se resolviera la cuestión. Sea como sea, la decisión se tomará de forma muy ajustada, porque no existe una unanimidad sobre qué se debe hacer ahora, tras esa sentencia de Lo Contencioso-Administrativo.