La torre Telefónica, la sede de la operadora que ha dado la puntilla al 'impuesto al ADLS' catalán / AJ BCN

La torre Telefónica, la sede de la operadora que ha dado la puntilla al 'impuesto al ADLS' catalán / AJ BCN

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Telefónica da la puntilla al ‘impuesto del ADSL’ catalán

El TSJC da la razón a la operadora en un recurso contra el reglamento de la tasa, anulada hace un año por el Constitucional

21 junio, 2018 00:00

El impuesto del ADSL catalán es ya definitivamente historia. El tributo que impulsó Oriol Junqueras cuando era vicepresidente económico catalán había sido declarado inconstitucional hace un año, pero el reglamento que lo desplegaba continuaba vigente hasta la fecha. La resolución judicial sólo afectaba a la norma propiamente dicha. La puntilla final al gravamen se ha dado a raíz de una demanda de Telefónica.

La operadora presidida por José María Álvarez-Pallete interpuso un recurso contra el departamento de Empresa y Conocimiento y contra sus rivales sectoriales, Orange y Vodafone, con el objetivo de anular la medida. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le ha dado la razón este junio. Casi un año después de la actuación del Constitucional.

Más recursos

De hecho, ha estimado por completo los argumentos de Telefónica en base a su decisión. La sala contenciosa administrativa del alto tribunal catalán declara “nulo de pleno derecho” el reglamento que activaba el canon digital “al estar referido a un tributo inconstitucional”, indica la resolución.

Fuentes de la Generalitat indican que no será el fin del periplo judicial de una medida que el exvicepresidente del Govern activó con el objetivo de conseguir fondos para la industria audiovisual catalana. Señalan que otras operadoras y organizaciones sectoriales también denunciaron el reglamento para garantizar que nunca se pusiera en marcha.

Falta de competencias

El Ejecutivo de Carles Puigdemont estimaba recaudar 20.5 millones de euros anuales con el impuesto de nuevo cuño. Las operadoras de internet debían pagar una cuota fija de 0,25 euros al mes por cada conexión a la red que se hubiera contratado en Cataluña. La recaudación estaba destinada a “fomentar la industria del cine y el audiovisual catalán, además de la difusión de la cultura digital”.

El Constitucional indicó por unanimidad que el impuesto incurría en una “extralimitación competencial”. Determinó que invadía las competencias que corresponden al Estado en materia de Hacienda y que vulneraba el artículo seis de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca) de 1980.

Nueva tasa

Existía un conflicto de doble imposición. La tasa catalana chocaba con el IVA, un impuesto estatal que ya grava las conexiones a internet. Aunque los argumentos fueron contestados por Junqueras.

Aseguró que el alto tribunal había escrito su resolución “al dictado del PP” y prometió la creación de una nueva tasa que mejorara el “articulado y que suba los tipos impositivos”. Su sucesor en el cargo, Pere Aragonés, no se ha pronunciado por ahora sobre la creación de este posible nuevo impuesto catalán.