Imagen de archivo de los jueces que forman parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo / CG

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Business

Estrasburgo obliga a las empresas a avisar de que revisa los mails de los trabajadores

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da la razón a un ingeniero rumano y prohíbe a las compañías comprobar los correos de la plantilla sin notificar

5 septiembre, 2017 11:47

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha publicado este martes una resolución que cambia la política de gestión de los correos electrónicos profesionales. Estrasburgo decreta que las empresas no podrán revisar el mail de sus empleados a no ser que avisen antes del proceso. Un matiz hasta ahora inédito.

Lo hace al dar la razón a un ingeniero rumano, Bogdan Miahi, que fue despedido en agosto de 2007 tras comprobar que usaba su correo profesional por cuestiones privadas.

Mensajes a su hermano y a su prometida

Recibió en julio de ese año un notificación de su empresa de que sus conversaciones habían sido revisadas durante los días cinco y 13 de ese mes y se había encontrado que usaba Internet en horario laboral con fines personales.

Concretamente, había mandado mensajes privados a su hermano y a su prometida y violó la prohibición de la compañía para el uso personal del correo.

Rectificación de una sentencia anterior

El fallo rectifica una sentencia que la misma sala había dictado el año pasado y que daba la razón al Estado rumano y a la empresa en cuestión. La mayoría de los magistrados (11 votos a favor y seis en contra) consideran que se violó el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el que contempla el respeto a la vida privada y familiar, del domicilio y de la correspondencia, porque no se había alertado al empleado de la revisión del mail.

El tribunal afea a las autoridades rumanas de no ser capaces de “alcanzar un justo equilibrio entre los intereses en juego” al no proteger “correctamente” el derecho del demandante al no verificar si el ingeniero era conocedor de la situación. Con todo, también tiene en cuenta que el trabajador “rompió el vínculo de confianza con su empleador”.

Precedente para las empresas

Indica que a lo largo de la instrucción no ha podido determinar el alcance del seguimiento de la empresa, qué motivó las medidas de control o si el Miahi podría haber usado otros métodos menos intrusivos en la vida privada y la correspondencia.

Más allá del caso concreto, marca un precedente para las empresa que operan en la Unión Europea