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Fuerte oposición europea a la propuesta española sobre productos alternativos al tabaco

Italia, Suecia, Grecia, República Checa, Hungría y Rumanía han frenado el avance del nuevo decreto español, al considerar que puede afectar al mercado interior y han emitido dictámenes razonados que obligan a España a revisar su propuesta antes del 28 de julio.

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Italia, Suecia, Grecia, República Checa, Hungría y Rumanía han puesto el freno al proyecto de Real Decreto sobre productos del tabaco que España envió a la Unión Europea el pasado enero. El texto, elaborado por el Ministerio de Sanidad, busca regular nuevos aspectos de los productos alternativos al tabaco y sus derivados, pero ha generado inquietudes por su posible impacto en el mercado interior europeo.

Estos seis países han emitido un dictamen razonado, una fórmula jurídica que obliga a suspender el avance del proyecto durante al menos tres meses. En este plazo, que concluye el 28 de julio, el Gobierno español deberá responder a las objeciones planteadas y, en su caso, introducir modificaciones.

El 'snus' en el centro del debate

Aunque los dictámenes no se han hecho públicos aún, Suecia sí ha revelado parte de sus argumentos. En un comunicado oficial, ha expresado su preocupación por la regulación del ‘snus’ —las bolsitas de nicotina sin combustión—, señalando que el límite de 0,99 mg de nicotina por bolsa impuesto por España no está debidamente justificado. "España no ha explicado por qué no se podrían aplicar medidas menos intrusivas", indicaron las autoridades suecas.

Además de estos seis dictámenes, el texto ha recibido observaciones de la Comisión Europea y de Croacia. Aunque estos comentarios no son necesariamente negativos, se suman a las aportaciones de hasta 12 asociaciones y colectivos, cuyos contenidos sí son accesibles públicamente.

Aromas prohibidos y nuevos productos

Entre las medidas más destacadas del proyecto español, figura la prohibición de aromas y saborizantes en los cigarrillos electrónicos, tanto con como sin nicotina. Además, introduce por primera vez en el ordenamiento jurídico español dos nuevas categorías: las bolsas de nicotina y los productos a base de hierbas calentadas, que incluyen consideraciones técnicas específicas.

Uno de los cambios más relevantes es la reducción del contenido máximo de nicotina en los líquidos para vapeo, que pasa de 20 mg/ml a 15 mg/ml. El texto se estructura en un artículo único con 16 apartados, y contempla una disposición adicional, una transitoria y una final.

Ampliación de definiciones y nuevas obligaciones

El decreto también redefine y amplía conceptos legales, incluyendo los cigarrillos electrónicos sin nicotina y regulando su composición, etiquetado, control de calidad y ensayos. El apartado siete modifica requisitos clave de seguridad y el apartado dieciséis introduce una nueva regulación para productos distintos al cigarrillo electrónico tradicional.

Con esta iniciativa, el Ministerio de Sanidad busca reforzar el marco legal ante el auge de nuevos productos del tabaco. Pero la reacción europea pone de manifiesto la necesidad de afinar la propuesta para evitar conflictos con la libre circulación de mercancías.

Una reacción poco habitual en la UE

La emisión de dictámenes razonados es parte del procedimiento previsto en la normativa europea, pero no es algo habitual. En todo 2024, sólo 26 de 765 proyectos notificados en la UE recibieron este tipo de oposición, y ninguno llegó a los seis dictámenes como ha ocurrido con la propuesta española.

Este nivel de objeción convierte al proyecto en uno de los más cuestionados del año dentro del mecanismo de revisión técnica de la UE (TRIS), lo que anticipa una negociación intensa antes de que pueda entrar en vigor.