Juicio a un acusado de asesinar al dueño de un bar de copas del Gaixample de Barcelona en octubre de 2021

Juicio a un acusado de asesinar al dueño de un bar de copas del Gaixample de Barcelona en octubre de 2021

Vida

Giro en el 'crimen del Gayxample': piden la nulidad de la sentencia por la dilación "injustificable" de la investigación

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La defensa de Giovanny B., el hombre condenado a 21 años y 4 meses de cárcel por asesinar y robar las pertenencias a Josep Maria Sotomayor, el dueño del People Lounge, un conocido bar del Gayxample de Barcelona, en octubre de 2021 ha solicitado la nulidad de la sentencia y pide que el juicio se repita con otro jurado popular o, en su defecto, que se le condene por homicidio.

Así lo han solicitado los abogados Mónica Aguilar y Jaume García, del despacho Lealta Abogados, que han asumido la defensa del acusado tras el juicio y que han presentado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) pidiendo que anule la sentencia de la Audiencia de Barcelona por considerarla injusta, entre otros motivos por una dilación "injustificable" en la realización de algunas pruebas, como el análisis toxicológico y de orina, pruebas que corroborarían el estado en el que se encontraba el acusado en el momento de los hechos, tal y como ya subrayó la defensa durante la fase de instrucción de la causa.

Los abogados del condenado tildaron la tardanza de "inexplicable", pues no se le tomaron muestras del cabello al acusado hasta un año después del crimen, lo que imposibilitó, según la defensa, corroborar que había consumido drogas. Este hecho, lamentan, vulnera el derecho de defensa, un extremo que la acusación particular y la Fiscalía negaron, alegando que las diligencias se hicieron a medida que se solicitaron, según han explicado las mismas voces.

Sin pruebas testificales

En la vista de apelación celebrada el martes en la Sección 1 de la Audiencia de Barcelona, alegaron que las instrucciones del magistrado presidente a los miembros del jurado popular afectó negativamente a su percepción sobre la prueba presentada por la defensa, pues se les hizo creer que la declaración del acusado no tenía valor probatorio por si misma si esta no iba respaldada por otras pruebas.

La defensa considera que durante el juicio se dio más importancia a las pruebas periciales que a las testificales, pues en este caso concreto no había pruebas científicas, como de alcoholemia o de drogas, lo que provocó que el jurado descartara la valoración de los agentes, que corroboraron con su testimonio que el acusado se encontraba bajo los efectos del alcohol y las drogas la noche en la que se produjeron los hechos.

El estado de embriaguez del acusado no quedó probado porque, de forma injustificada, según expuso la defensa, no se admitieron pruebas que esta parte había solicitado, como las grabaciones de las cámaras de seguridad del ascensor del edificio en el que se produjo el crimen, así como las captadas por las cámaras unipersonales de los Mossos.

Agravante de alevosía

Por último, la defensa sostiene que no ha quedado acreditada la alevosía y que, sin esta agravante, no se le puede condenar por asesinato, sino por un delito de homicidio. En la misma línea de lo que declaró durante el juicio el acusado, sus abogados mantienen que actuó en legítima defensa después de que el fallecido intentara agredirlo sexualmente y que el crimen se produjo en el marco de la pelea, un hecho que la acusación particular siempre ha refutado y por el que ha pedido que se desestime el recurso de apelación.

El acusado explicó durante el juicio, celebrado en enero de 2024, que fue al bar para pedirle a la víctima que le diera dinero para seguir consumiendo sustancias estupefacientes, que esa noche se drogó y bebió mucho y que la víctima le propuso ir a su casa para tener sexo y le dijo que más tarde se uniría su marido. Sin embargo, el marido de la víctima, que murió a golpes, desmintió esta versión de los hechos, negando que se conocieran de antes, que el bar fuese un punto de venta de drogas, como también negaron varios clientes, y negó la posibilidad de un trío con el acusado.

El procesado se auto definió como un "yonki", en sus palabras, y aseguró que la víctima lo atacó primero y que se enzarzaron en una pelea hasta que lo mató: "Cuando me vi la sangre perdí el control de mí mismo".

21 años y 4 meses de cárcel

El acusado fue condenado a 17 años y medio de prisión por el delito de asesinato y a 3 años y 10 meses más por un delito de robo con violencia, que la defensa también trata de desmontar alegando que no se llevó objetos de valor del piso de la víctima.

Además, se le impuso, en concepto de responsabilidad civil, una pena de 150.000 euros y el tribunal le prohibió acercarse a menos de un kilómetro o comunicarse por cualquier medio con el viudo de la víctima durante un año por tiempo superior a la pena privativa de libertad impuesta.