Las fisuras de una sentencia que disgustó a todos: piden la anulación de la causa de los atentados de Barcelona
Las acusaciones solicitan que se revoque el proceso judicial, pues entienden que hubo una errónea valoración de los delitos cometidos por los terroristas
17 noviembre, 2023 00:00Noticias relacionadas
La sentencia por los atentados yihadistas de los días 17 y 18 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils, que dejaron 16 muertos y más de 140 heridos, no contentó a nadie. Tantos las defensas de los tres terroristas condenados (el resto murieron abatidos por los Mossos d'Esquadra) como las acusaciones, en representación de las víctimas, han solicitado su anulación en una vista pública celebrada en el Tribunal Supremo.
Dos años después de conocerse la sentencia de la Audiencia Nacional, que en mayo de 2021 condenó a penas de entre ocho y 53 años a tres de los terroristas, y tras pasar por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional en 2022, el fallo ha llegado al Tribunal Supremo, que estudiará los recursos presentados por las partes.
Piden anular todo el proceso judicial
El malestar de las acusaciones se remonta al momento en el que finalizó la instrucción del caso en el Juzgado Central de la Audiencia Nacional. En aquel momento, en el auto de procesamiento ya se excluyó la posibilidad de juzgar por asesinato a Mohamed Houli Chemlal, Driss Oukabir y Said Ben Iazaa, los tres únicos procesados. Así lo decidió la Sala al entender que ellos no fueron los responsables de los 16 asesinatos de Las Ramblas y de Cambrils, pues los autores materiales fallecieron y, por lo tanto, la responsabilidad penal quedó extinguida.
Desde ese momento las acusaciones han recurrido todos los autos: primero el de procesamiento, después la sentencia emitida por la Audiencia Nacional, que recurrieron ante la Sala de Apelaciones del mismo tribunal, y la última este mismo miércoles. Las partes se han dirigido al Tribunal Supremo, donde han vuelto a reiterar que no solo se tiene que anular la sentencia de apelación, sino también “todo el proceso judicial desde el principio, porque entienden que ha habido una errónea valoración de los delitos cometidos”, explica el abogado Pablo de Palacio, presente en la vista pública.
Asesinato en grado de colaboración
Cabe recordar que la Audiencia Nacional condenó a Mohamed Houli Chemlal y a Driss Oukabir por pertenencia a organización terrorista y posesión y fabricación de explosivos con fin terrorista y a Said Ben Iazza por un delito de colaboración con organización terrorista.
Ahora, además de por estos delitos, las acusaciones piden que se les juzgue por asesinato en grado de cómplices o cooperadores necesarios, una pena castigada con entre 10 y 15 años de prisión. Por eso, solicitan que se anule todo el proceso judicial, de forma que solo se mantenga la fase de instrucción que hizo el Juzgado Central, y que se celebre de nuevo el juicio. Desde el punto de vista jurídico, explica De Palacio, sólo se les podría atribuir “un grado de participación en el asesinato como cómplices o cooperadores necesarios, pero relación directa como autores materiales no”.
La defensa alega que se vulneró la presunción de inocencia
Por su parte, las defensas de los condenados también piden que se anule la sentencia de apelación de la Audiencia Nacional, al entender que se vulneró la presunción de inocencia de sus defendidos alegando que hubo una errónea cadena de custodia de sus pertenencias. Se refieren a los indicios recogidos tras la explosión en la casa de Alcanar, el polvorín en el que la célula fabricaba y almacenaba grandes cantidades de triperóxido de triacetona (TATP), una sustancia altamente explosiva y muy inestable por su sensibilidad ante ligeros cambios de temperatura o presión.
En esta fuerte deflagración murieron el imán de Ripoll y agente radicalizador de la célula de ese municipio, Abdelbaki Es Satty, y uno de los jóvenes miembros, Youssef Aalla. Houli Chemlal, el condenado con la pena más alta, resultó herido, pero sobrevivió. Allí, los bomberos y los Mossos d’Esquadra recogieron indicios para investigar las causas de lo que inicialmente parecía un accidente.
El abogado de Oukabir reclama un atenuante
Sin embargo, al día siguiente, tras el ataque de Las Ramblas, “esas pertenencias recogidas para la investigación de un accidente pasaron a serlo de un delito de atentado terrorista, cuando esto debe hacerlo la policía judicial”, explica De Palacio. Esta es la baza que juegan ahora sus defensas para pedir que se anule la sentencia condenatoria. “La sala tendrá que ser muy rigurosa para justificar que la recogida fue correcta”, precisa el abogado.
Asimismo, el abogado de Driss Oukabir denuncia que a su defendido no se le aplicó el atenuante de confesión. Su argumentación se basa en que tanto en su declaración en dependencias policiales como en su comparecencia ante el juez instructor, el magistrado Fernando Andreu, confesó que había estado en la casa de Alcanar, aunque nunca reconoció que conocía los planes de atentar de la célula terrorista.
Los recursos de la defensa, sin recorrido
El abogado sostiene que es difícil que los recursos prosperen, sobre todo los presentados por las defensas de los terroristas. “Los hechos probados no se pueden cambiar en casación como piden los letrados, pues sólo se podrá analizar si la valoración que se les ha dado es correcta o no”, zanja.