Ciutat de la Justícia de Barcelona / EUROPA PRESS

Ciutat de la Justícia de Barcelona / EUROPA PRESS

Vida

La fiscalía reprocha a los jueces la chapuza en un proceso contra dos agentes de la Guardia Urbana

Una dilación de 12 años deja al borde de la absolución a los imputados por la acusación particular de los delitos de lesiones, contra la integridad moral y omisión de socorro

8 febrero, 2023 00:00

La Fiscalía Provincial de Barcelona solicita la absolución de dos agentes de la Guardia Urbana de Barcelona (GUB) imputados por la acusación particular de los delitos de lesiones, contra la integridad moral y omisión de socorro por una actuación ocurrida en 2011. En su escrito, al que ha tenido acceso Crónica Global, el ministerio público reprocha a la Audiencia de Barcelona la dilación de la causa hasta el punto de que cuando se tomó declaración a los investigados los hechos ya habían prescrito.

Los hechos se remontan al 9 de diciembre de 2011, cuando un ciudadano denunció ante el juzgado de guardia que dos agentes de la GUB lo habían obligado a subir a un coche policial “golpeándolo en la cara y diciéndole que era para darle una lección de educación”. Un mes después, el 4 de enero de 2012, la presunta víctima amplió la denuncia asistido por un letrado y solicitó constituirse como acusación particular. En esa ocasión manifestó que los agentes le propinaron “dos bofetadas en la cara y dos o tres golpes en el vientre, además de llamarle 'hijo de puta' y de decirle ‘voy a romperte la cara’, ‘te voy a dar una lección de educación’”.

Declararon tres años después

La fiscalía pone de manifiesto que la víctima no fue visitada por la médico forense hasta casi tres años después de los hechos, en septiembre de 2014, frente a la que aseguró haber sufrido un golpe en la cara por el que necesitó asistencia médica y dos días de curación, aunque no pudo acreditarse ninguna lesión. Unos días después, el 12 de noviembre de 2014, el juez instructor informó a la GUB de la existencia de diligencias previas y de que los dos agentes tenían la “calidad de posibles imputados”. Sin embargo, no se les tomó declaración hasta el 20 de julio de 2015, concretamente tres años y siete meses más tarde de los supuestos estos hechos.

En 2016, ante la falta de pruebas y de las contradicciones de las partes, el juez solicitó el sobreseimiento de las actuaciones, un fallo que la acusación particular recurrió ante la Audiencia de Barcelona. Tres años más tarde, en 2019, el tribunal estimó parcialmente este recurso y ordenó que se practicaran nuevas diligencias, consistentes en revisar las cámaras de seguridad de los edificios de la zona en la que supuestamente se produjo el incidente. Sin embargo, y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, los Mossos confirmaron que no había ninguna grabación, por lo que se acordó, de nuevo, el sobreseimiento de la causa.

Todos los delitos, prescritos

En su escrito de calificación provisional la fiscalía incide en que, “de manera sorprendente y a pesar de su anterior interlocutoria”, en 2021 la Audiencia de Barcelona ordenó, una vez más, proseguir con la causa. El ministerio público recuerda que, independientemente de que no se haya podido demostrar ni la lesión --ni por parte del médico de urgencias ni de la forense-- ni las amenazas --no había testigos--, los delitos leves de lesiones, injurias y amenazas prescriben a los seis meses de su comisión.

“En el presente caso ha habido paralizaciones de mucho más de seis meses, en concreto de tres y dos años atendiendo a las dos resoluciones”, denuncia la fiscalía. Pero para más inri, subraya, los investigados declararon por primera vez --momento en el que se les comunicaron los hechos imputados-- el 20 de julio de 2015, nada más y nada menos que casi cuatro años después de la denunciada. “Por uno u otro motivo, los hechos constitutivos de maltrato, lesiones, injurias o amenazas estarían ya ineludiblemente prescritos y procedería, por lo tanto, el sobreseimiento de la causa y el archivo de las actuaciones por la extinción de la responsabilidad criminal”.

Pide su libre absolución

Tampoco, expresa, los hechos encajarían en un delito contra la integridad moral ni de omisión del socorro en concurso con ideal con un delito de impedir delitos y perseguirlos, como solicitaba la acusación particular “para que no se escapen de la acusación”, y que también estarían prescritos.

Por todo ello, concluye la fiscalía, “los hechos relatados no son constitutivos de un delito y sin delito no procede hablar de autoría”, por lo que no acusará a los agentes en el juicio previsto para el lunes 13 de febrero. Solicita la libre absolución de los imputados por la acusación particular y pide que esta se haga cargo de los costes derivados del interminable procedimiento.