Cataluña amplía el límite de todas las actividades hasta la una de la madrugada
La Generalitat relaja restricciones contra la pandemia de coronavirus en vísperas de las fiestas patronales de La Mercè en Barcelona
23 septiembre, 2021 17:46Cataluña suaviza desde este jueves las restricciones contra el coronavirus, de manera que todas las actividades, como la restauración, cultura, ocio y deportes, alargan su horario límite de apertura de las 00:30 horas a la 1:00 de la madrugada.
Estas son las restricciones vigentes en Cataluña desde esta pasada medianoche --justo cuando empiezan las fiestas patronales de Barcelona de La Mercè-- y hasta el 29 de septiembre.
Actividades sociales
- Sin límite de personas en las reuniones y encuentros familiares y de carácter social, aunque el Govern recomienda que no se superen las diez.
- También se aconseja llevar la mascarilla siempre, tanto en interiores como en exteriores, cuando haya interacción con no convivientes.
- Prohibido fumar en actividades de más de 1.000 personas al aire libre.
- Las manifestaciones pueden ser en movimiento y con cabecera, aunque con distancia de seguridad, control de aforo, mascarilla e higiene de manos.
- Los castells están autorizados de nuevo, con medidas de seguridad: máximo de 160 personas en las construcciones, con la obligación de llevar mascarilla y estar vacunado o, en el caso de los más pequeños, un test de antígenos negativo.
Horarios
- Todas las actividades deben finalizar como máximo a la 1 de la madrugada, con 30 minutos adicionales para desalojar locales.
- Se mantiene el cierre del ocio nocturno interior, con la excepción de terrazas, que en este caso podrán operar aunque sin pista de baile hasta las 3 de la madrugada, también con 30 minutos adicionales para la salida.
Aforos
- En cines, teatros, auditorios o similares, el aforo máximo es del 70 %, con un límite que se amplía a 4.000 personas al aire libre y se mantiene en 3.000 asistentes en interior.
- Estadios con una capacidad superior a 10.000 personas -como el Camp Nou-, al 40 % de aforo permitido, mientras que en el caso de pabellones con las mismas características es del 30 %.
- En cuanto a las competiciones deportivas con formato más reducido, el aforo es del 70 %, con un máximo de 4.000 personas al aire libre y 3.000 en el interior.
- Actos religiosos y ceremonias civiles, sin limitaciones de aforo.
- En la restauración, capacidad del 100 % en el exterior y 50 % en el interior, con un máximo de 6 personas por mesa en el interior y 10 en las terrazas, con 2 metros de separación entre comensales de mesas diferentes en el interior y 1,5 en caso de exterior y terrazas.
- Limitación del 70 % de aforo en pequeño comercio, establecimientos y centros comerciales y mercados no sedentarios, así como en equipamientos cívicos, salones e juego y congresos.
Educación
- Presencial al 100 % en guarderías y en toda la etapa educativa y, en el ámbito universitario, aforo del 70 % en las clases teóricas.
Trabajo
- Se recomienda a los titulares de los centros de trabajo, públicos y privados que adopten medidas para la reincorporación progresiva de la presencialidad en los puestos de trabajo y que fomenten el uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.