Uno de los indignados del 15M durante el desalojo de plaza Catalunya en mayo de 2011 / EFE

Uno de los indignados del 15M durante el desalojo de plaza Catalunya en mayo de 2011 / EFE

Vida

Condenan a dos años de prisión a un inspector de Mossos por el desalojo de plaza Catalunya

La Audiencia de Barcelona considera a Jordi A. autor de dos delitos de lesiones a los indignados del 15M

9 junio, 2020 10:50

La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años y cuatro meses de prisión al inspector Jordi A. por dos delitos de lesiones durante el desalojo de los indignados de plaza Catalunya en el 15M de 2011, así como inhabilitación del derecho de sufragio y la suspensión de cargo público durante el tiempo previsto de condena. 

La sección 3ª también le ha impuesto una indemnización de 1.500 euros por las lesiones causadas. La sala considera que el acusado tuvo una actuación “injustificada” durante el desalojo, aunque le absuelve de dos faltas de lesiones y de un delito contra la integridad moral. Contra el fallo cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo y, en último caso, el inspector puede pedir el indulto al Ministerio de Justicia. 

 

 

Desalojo Plaza Cataluña (27/05/2011) / YOUTUBE

No estaba justificado el uso de la porra

Las tres magistradas apuntan que la acampada se enmarcaba en un acto de protesta ciudadana pacífica y que “en ninguno de los casos estaba justificado que el acusado hiciera uso de su defensa y no cabe hablar de error porque no actuó ante una situación de riesgo para proteger ningún bien jurídico ni se lo podía representar así de ninguna manera”.

"No hemos visto ninguna situación que justificara golpear a los ciudadanos. La actuación de los mossos tenía como objetivo posibilitar la entrada y salida de los camiones de la limpieza y para ello en ningún caso está justificado golpear a ninguna persona, salvo que esta última ponga en peligro algún bien jurídico que justifique de algún modo la conducta del agente. No pasó nada de eso en los casos juzgados”, reza el fallo. 

Sin enfrentamientos con la policía

La sentencia recoge que durante el desalojo tampoco se produjeron enfrentamientos de los manifestantes con los agentes. "Las líneas policiales no se hicieron para contener a la gente, sino para controlar que nadie saliera de la plaza o entrara, pero no hubo ningún intento de superar esas líneas".

Recuerda además que no hubo ningún incidente --en los hechos juzgados-- que justificaran cargas policiales con defensas contra personas sentadas. "No había situación de tensión porque la gente estaba sentada de forma pacífica. Debemos recordar que el acusado era el jefe de la ARRO --en aquel momento subinspector; fue ascendido en marzo de 2020--, es decir, se le presupone que sabe controlar la situación y no dejarse llevar por una tensión que en este caso tampoco apreciamos”.