Embarazo de una mujer / EFE

Embarazo de una mujer / EFE

Vida

Aumentan las dificultades para obtener la baja por riesgo laboral en caso de embarazo

Las mutuas endurecen los criterios que permiten a las mujeres abandonar sus trabajos durante la gestación

6 febrero, 2019 14:55

Aumentan las dificultades para obtener la baja por riesgo laboral en caso de embarazo. La Asociación de Mutuas ha cambiado los criterios que permiten a las mujeres abandonar de manera temporal sus puestos de trabajo durante la gestación.

Tras la publicación del documento Guía de ayuda para la valoración del riesgo laboral durante el embarazo, las mutuas ya no tienen que conceder esta prestación si las mujeres desarrollan una labor administrativa “o similar”, ya que consideran que implica una “actividad física ligera”.

Riesgo en el embarazo

La baja por riesgo laboral durante el embarazo se condecía a todas las mujeres aunque con diferencias en el periodo de gestación. Así, aquellas que ejercían una labor sentadas --considerada como actividad física ligera-- podían hacerlo a las 37 semanas.

Ahora las futuras madres no podrán acogerse a este tipo de permiso, en el que se mantenía el 100% del salario, pese a que no se encuentren en condiciones para trabajar. La forma de poder acceder a la baja pasará por recurrir al médico de cabecera para que éste le diagnostique una incapacidad temporal.

"Sedestación"

Según avanza el Herlado de Aragón, un documento de las mutuas sostiene que "no existe riesgo" para las gestantes que desempeñan su labor en condiciones de "sedestación", a no ser que la empleada no pueda cambiar su postura durante la jornada

Además, el informe recoge que la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) entienda que la incapacidad para poder trabajar durante el embarazo solo obedece a tres causas: la gestación propiamente dicha, complicaciones en éste o la "exposición ocupacional". Y sólo el último supuesto da derecho a cobrar el salario de forma íntegra.