Dani Alves, sentado en el banquillo de la Audiencia Provincial de Barcelona

Dani Alves, sentado en el banquillo de la Audiencia Provincial de Barcelona EP

Primeras planas

Contradicciones fiscales sobre el Tsunami y Alves, culpable

23 febrero, 2024 07:52

Noticias relacionadas

Todas las portadas de papel y las digitales contemplan el pavoroso incendio de Valencia. En el balance momentáneo de daños, cuatro víctimas mortales, 19 desaparecidos y decenas de heridos. Se especula con que el recubrimiento de poliuretano de la fachada pudo azuzar el fuego. Tragedia infinita.

Los medios reparan también en las peripecias del caso Koldo y la "koldosfera" (del cuño del periodista Cristian Campos en El Español), un asunto bizarro por las características del detenido (chófer, guardaespaldas, asistente personal y exportero de un club de alterne), por los padrinos políticos del armario ropero y por el lucro en lo más crudo de la pandemia.

El asunto de las comisiones de las mascarillas desvía el foco de Cataluña. La última hora local es que la fiscalía es reticente a endosarle a Puigdemont el cargo de terrorismo, detalle que debería facilitar la tramitación de la ley de amnistía. "La Fiscalía rechaza que el Supremo investigue a Puigdemont y dice que García Castellón se basa en “conjeturas”", apunta al respecto El Diario. En el sumario se abunda en que "El dictamen definitivo de la ‘número dos’ del fiscal general se opone a la tesis de los fiscales del Supremo y concluye que los indicios examinados por el juez de la Audiencia Nacional “descartan” la participación del expresident en la plataforma Tsunami Democràtic".

El texto del citado digital es de Elena Herrera y comienza así: "El dictamen definitivo de la Fiscalía se opone a que el Tribunal Supremo investigue a Carles Puigdemont por el caso Tsunami Democràtic. El informe de la teniente fiscal del Alto Tribunal, Ángeles Sánchez Conde, considera que “no existen indicios” para implicar al expresident de la Generalitat en la fundación o planificación de las acciones de la plataforma que lideró en 2019 las protestas contra la sentencia del procés y considera que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón se basa en “meras conjeturas o sospechas” cuando le atribuye delitos como el de terrorismo. En un contundente informe, Sánchez Conde estima que los hechos a los que alude García Castellón en la exposición razonada con la que pidió imputar a Puigdemont no permiten deducir su participación en la plataforma y que, más bien, “descartan” su implicación. Tampoco ve indicios suficientes de criminalidad contra el otro aforado, el diputado del Parlament Rubén Wagensberg. En consecuencia, propone que la causa sea devuelta a la Audiencia Nacional para que el instructor finalice la investigación".

Sigue Herrera: "El informe final presentado por la Fiscalía se opone a la tesis defendida por la mayoría de los fiscales de lo Penal del Supremo, que en una junta celebrada el pasado 6 de febrero votaron mayoritariamente a favor de investigar al expresident, que permanece en Bélgica desde 2017, y de hacerlo por un presunto delito de terrorismo. Estos fiscales sostienen que Puigdemont ejerció de “líder absoluto” de una movilizaciones en las que se produjeron hechos que “encajan perfectamente en el delito de terrorismo”. En esa reunión quedó rechazada la ponencia elaborada por el fiscal Álvaro Redondo, que descartaba el delito de terrorismo y la imputación de Puigdemont. Días antes, El Mundo había publicado una información en la que se acusaba al fiscal general, Álvaro García Ortiz, de haber influido para que cambiase un informe inicial en el que pedía investigar al expresident por terrorismo. Tanto Redondo como García Ortiz lo niegan. Sin embargo, dado que los dos responsables de la sección —los fiscales Fidel Cadena, que apoyó impulsar la investigación por terrorismo; y Joaquín Sánchez-Covisa, que se opuso— mantuvieron criterios dispares en esa junta del 6 de febrero, se activó el artículo 24 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Ese artículo establece que cuando hay discrepancia entre jefes, el superior jerárquico tiene la última palabra, que en este caso es la citada Sánchez-Conde, ‘número dos’ del fiscal general del Estado".

La de El Diario no es la única versión del tema. En El Confidencial, por ejemplo, señalan que el camino no está tan despejado. "Puigdemont no se libra de la amenaza del terrorismo en la recta final de la negociación", apunta en titular dicho medio. "El informe final de la teniente fiscal del Supremo no descarta el delito, sino que existan, de momento, pruebas suficientes de su implicación", añade en el sumario. Escribe Beatriz Parera: "El informe definitivo de la Fiscalía sobre el caso Tsunami no incluye tan buenas noticias para Carles Puigdemont como podría parecer. El escrito de la teniente fiscal del Supremo se opone a que el alto tribunal abra causa en su contra, pero no lo hace porque descarte que cometiera un delito de terrorismo o porque considere que los hechos encajen en otro ilícito penal, sino porque cree que, de momento, los indicios para imputarle son insuficientes. De hecho, la sombra del terrorismo sobrevuela todo el dictamen, aunque María Ángeles Sánchez Conde tiene especial cuidado en no mencionarlo de forma expresa. La lectura entre líneas de sus argumentos lleva, sin embargo, a comprobar que está muy lejos de apoyar un carpetazo que libre a Puigdemont de la sombra que hace peligrar su amnistía efectiva e inmediata. Y todo esto ocurre en la fase más delicada de las negociaciones sobre la ley de amnistía".

Las negociaciones entre socialistas y "juntaires" en torno a la amnistía continúan, igual que continúa esa propensión del Parlament a estrellarse contra la realidad, cosa que tiene un coste económico no menor. "El Parlamento catalán financiará con 40.000 euros la iniciativa por la independencia", señala el Abc. La crónica es de Daniel Tercero, quien escribe que "el Parlamento de Cataluña costeará los gastos de la recogida de firmas de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para declarar la independencia. La Mesa ha ratificado hoy la decisión del martes rechazando las reconsideraciones presentadas por el PSC, Vox, CS y PP, para que no se aceptase a trámite la iniciativa, promovida por Solidaritat Catalana per la Independència, que cuenta con un informe negativo de los letrados de la Cámara autonómica en base a su ilegalidad. En esta ocasión, el tripartito independentista en la Mesa ha votado unido y ERC ha sumado sus votos a los de Junts y la CUP. El PSC ha votado a favor de las reconsideraciones de CS y el PP, además de las suyas propias, pero en contra de la de Vox".

Y: "Aunque el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, quiso restar importancia ayer al proyecto presentado por Solidaritat, que contó con el apoyo de Junts y la CUP, y la abstención de ERC, lo cierto es que con la decisión de la Mesa de este jueves se pone en marcha todo el mecanismo para que la ILP acabe siendo debatida y votada en el pleno del Parlamento catalán. Para ello, los promotores de la idea, que fue rechazada en 2011 cuando Solidaritat contaba con representantes institucionales, tendrán a su disposición hasta 40.000 euros de dinero público. Tal y como hace referencia la Ley 1/2006, de 16 de febrero, de la iniciativa legislativa popular, «la Mesa [del Parlamento catalán] debe abonar a la comisión promotora [de la ILP] una indemnización, con cargo al presupuesto del Parlamento, de hasta 0,64 euros por firma, con el límite máximo de 40.000 euros, por los gastos debidamente acreditados, siempre y cuando la Mesa admita a trámite su propuesta» y la iniciativa supere el corte mínimo de las 50.000 firmas. Además, los promotores «tienen la consideración de gasto acreditado sin necesidad de justificación hasta un 10% de los efectuados»".

Ayer salió la sentencia de Dani Alves, cuatro años y medio de cárcel por violación. Hay polémica porque la ley del sí es sí rebaja la pena que ha recaído sobre el exjugador de fútbol. Sin embargo, la exministra Irene Montero presume de que gracias a esa ley prima el consentimiento. Los argumentos jurídicos de la señora Montero son endebles. Concurre, además, otra circunstancia. El atenuante por los 150.000 euros que Alves depositó a modo de fianza y reparación del delito. El dinero otra vez conspirando contra la beatífica idea de que la justicia es igual para todos.

En La Vanguardia informan sobre la sentencia Toni Muñoz y Maika Navarro: "La Audiencia de Barcelona ha condenado a Dani Alves a una pena de 4 años y seis meses de prisión por un delito de agresión sexual. El tribunal ha considerado probado que el exfutbolista del FC Barcelona violó a una joven de 23 años en los baños de un reservado de la discoteca Sutton de Barcelona el 30 de diciembre de 2022. El tribunal considera que ha quedado acreditado que "la víctima no consintió y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para dar por probada la violación". Ahora bien, la condena dista mucho de los 9 años de cárcel que pedía para Alves la Fiscalía y aún más de los 12 que solicitaba la víctima. El tribunal le ha aplicado al futbolista un atenuante de reparación del daño al considerar que "con anterioridad al juicio la defensa ingresó en la cuenta del juzgado la cantidad de 150.000 euros para que le fuera entregada a la víctima con independencia del resultado del juicio, y este hecho expresa, según el tribunal, "una voluntad reparadora"".

Ahora lo de la ley de Montero: "El tribunal resalta que el jugador se ha beneficiado de la ley del solo sí es sí en cuanto la nueva legislación ha establecido "un marco punitivo más amplio pero un límite inferior más bajo". De esta manera el tribunal justifica que la ley fija que "cuando concurra sólo una circunstancia atenuante, aplicarán la pena en la mitad inferior de la que fije la ley para el delito" y de ahí que imponga una pena entre 4 y 8 años de cárcel. En este abanico aplica la atenuante de reparación del daño y tiene en cuenta que Alves ha indemnizado a la víctima con una cantidad por encima de los parámetros habituales y le impone una condena de cuatro años y medio. Con esta sentencia, el futbolista puede salir de la prisión mediante permisos cuando haya alcanzado una cuarta parte de la condena. Para ello la resolución debe ser firme y por tanto queda a expensas de los recursos que pueda presentar la acusación".

Puede que el condenado no tarde en salir de prisión. Ya lleva un año. En Crónica Global es Sara Cid quien explica los plazos penitenciarios: "Dani Alves podrá salir en libertad después del verano tras acceder al segundo grado. El exjugador del FC Barcelona, condenado hoy a cuatro años y seis meses de cárcel por la violación a una chica en la discoteca Sutton, debe cumplir una cuarta parte de su condena para solicitar los primeros permisos. Dentro de prisión, los reos se clasifican en tres grados. El primero es el más restrictivo, totalmente cerrado, y se aplica solamente a aquellos presos considerados peligrosos, que se ubican en módulos de aislamiento. En el segundo grado se clasifican la mayor parte de internos. Aunque también es cerrado, cuando los presos cumplen una cuarta parte de la condena pueden solicitar los primeros permisos, aunque muy breves, de 72 horas. En el tercer grado o libertad condicional, cuando ya han cumplido, por lo general, una tercera parte de la pena, pueden hacer salidas durante la semana, regresando al centro penitenciario únicamente para pasar la noche".

Y: "Sin embargo, este cálculo no es matemático, dado que aquí entra en juego el buen comportamiento de los reos y el hecho de que hayan colaborado en las tareas de la prisión. Asimismo, si Dani Alves asiste a cursos para violadores, podría adelantar la fecha de sus permisos. Aun así, el brasileño podría quedar en libertad antes. Tras conocerse la sentencia condenatoria, tanto las acusaciones como la defensa del futbolista, la abogada Inés Guardiola, han anunciado que estudiarán un recurso".

Más noticias. "El Parlament de Cataluña avala el uso de desaladoras para llenar piscinas privadas y suaviza las restricciones de agua a los gimnasios", señala El País. El Govern es un espantapájaros. Escriben Marc Rovira y Àngels Piñol: "Marcha atrás del Govern en sus planes para cerrar grifos como medida para gestionar la sequía en Cataluña. Una pinza de Junts y el PSC en el Parlament ha forzado a Esquerra a modular restricciones que había defendido como necesarias para contener el gasto de agua ante los precarios niveles de reservas que presentan los embalses de las cuencas internas, y con unas previsiones que no invitan al optimismo. Socialistas y posconvergentes han permitido que prospere la idea defendida por el sector hotelero para alquilar desaladoras para llenar piscinas y los gimnasios, que fueron amenazados con tener que cerrar las duchas, salvan el trance con un compromiso para que encuentren la manera de reducir su consumo de agua un 25%. Esquerra también contempla acabar flexibilizando restricciones de consumo para la agricultura y otros sectores, además de un plan de choque económico para paliar pérdidas".

Y: "Acosado por la oposición por su gestión de esta crisis, la sesión ha sido una pesadilla para el Govern. El Pleno, a propuesta del PSC, ha “constatado su inacción” en materia de acción climática y su mala planificación y gestión de la sequía actual. No ha sido una reprobación pero se le parece. El debate ha acentuado la soledad de los republicanos que han visto como casi la mitad de sus 22 propuestas eran rechazadas con un balance equiparable al de un grupo de la oposición mientras mientras el PSC aprobaba su veintena de textos y Junts solo perdía un punto. Pero no solo eso: ERC se ha visto obligada a retirar un punto en el que se mostraba contraria al trasvase del Ebro para abastecer de agua a Barcelona y cumplir el Acuerdo de la Taula del Ter, sin poner fechas, de reducir el caudal trasvasado a Barcelona cuando acaben las obras de potabilización y desalinización en el área de la gran Barcelona. ERC ha querido modificar el apartado referente al Ter pero la Mesa lo ha rechazado".

23 de febrero, santoral: Policarpo, Juan Segador, Milburga, Sireno, Ordoño y Romina.