
El líder de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont
El Constitucional anula el voto delegado de Puigdemont y Lluís Puig en la constitución del Parlament
La justicia estima un recurso presentado por los diputados del PP y determina nula la participación de los posconvergentes en los acuerdos que llevaron a Josep Rull a la presidencia de la Cámara catalana
El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad anular los votos delegados del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y del exconseller Lluís Puig en la elección de la configuración del Parlament el 10 de junio de 2024.
Así, la justicia ha estimado el recurso presentado por el PP contra el acuerdo de la Mesa de Edad, el acuerdo de elección de la Mesa del Parlament y el acto del presidente Josep Rull y que declaró constituido el nuevo Parlament, contabilizando los votos delegados de Puigdemont y Puig.
Una medida sin efectos
Sin embargo, la decisión del Constitucional no tendrá ningún efecto práctico ni deshará los acuerdos que llevaron a Josep Rull a la presidencia de la Cámara catalana ni a la composición del resto de miembros de la Mesa porque dichos votos no fueron determinantes para los acuerdos adoptados.
Precisamente porque los votos "no fueron determinantes del resultado de las votaciones celebradas el pasado 10 de junio", la corte de garantías ya rechazó el 18 de junio adoptar la medida cautelarísima que le pedía el PP.
Doctrina fijada en la anterior legislatura
Sin embargo, el Constitucional aplica la doctrina fijada en la sentencia sobre el voto del exconseller en la anterior legislatura.
La ponencia del magistrado conservador Ricardo Enríquez, que se ha aceptado, proponía estimar la impugnación del PP aplicando la norma fijada el pasado junio, cuando el TC anuló el voto telemático de Puig, dando así la razón a un recurso del grupo parlamentario Socialistes i Units per Avançar.
El Constitucional ya aplicó doctrina el pasado septiembre al estimar por unanimidad los recursos registrados por Vox y Ciudadanos contra esa misma decisión de la Mesa del Parlament de habilitar el voto delegado de Puig durante la pasada legislatura.
Participación 'blindada'
Ambos miembros de la formación neoconvergente se sirvieron de un sistema tumbado por el Tribunal Constitucional. No obstante, la Mesa de Edad --con mayoría independentista-- aceptó su participación en la configuración del órgano de gobierno del hemiciclo, que resultó en la presidencia de la segunda institución de la comunidad a cargo de Josep Rull precisamente con sus votos.
Para blindar la participación de Puigdemont y Puig a lo largo de la legislatura, el PSC accedió a las exigencias de Junts, ERC, Cup y Comunes de modificar el reglamento del Parlament. Este tan solo permitía dicha forma de participación en caso de que los diputados no estuvieran presentes por un permiso por enfermedad, hospitalización, paternidad o incapacidad prolongada.
Con la modificación, la actual normativa incluye "situaciones excepcionales debidamente justificadas a criterio de la Mesa en que, para impedir el desarrollo de la fundación parlamentaria y atendidas las especiales circunstancias, se consideren suficientemente justificado". Una fórmula genérica que permite burlar la jurisprudencia del TC.