Amadeu B. G., Marc R. C. y Marc V. R., tres jóvenes acusados de un delito de desórdenes públicos durante el tercer aniversario de la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, han sido amnistiados este martes por orden de la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Sin embargo, la norma de gracia no ha sido suficiente para perdonarles el delito de atentado a agentes de la autoridad con uso de instrumento peligroso, por el que han sido condenados a tres años y un día de prisión. A uno de ellos, a Marc R. C., además, se le ha impuesto otra pena de seis meses más de prisión por otro delito de atentado que derivó en lesiones y al pago de una indemnización de 76.647 euros. Así, a pesar de que no se han librado de la pena de prisión, la amnistía les ha permitido rebajar la condena, al verse absueltos del delito de desórdenes públicos.
Los segundos en beneficiarse
Se trata de los segundos que se han beneficiado de la ley de amnistía, después de que, minutos antes, la misma sala del TSJC, aplicara la norma de gracia al exconsejero de Interior durante el Gobierno de Quim Torra, Miquel Buch, y el exescolta del expresidente catalán Carles Puigdemont, el sargento de Mossos d’Esquadra Lluís Escola Miquel, por una causa derivada del procés.
Asimismo, en este segundo caso, y de conformidad con lo dispuesto en la ley que regula la controvertida amnistía, el TSJC procede a "declarar extinguida la responsabilidad civil derivada de los actos expresamente amnistiados". De este modo, los tres acusados se han ahorrado tener que hacer frente al pago de una multa como consecuencia del delito de desórdenes públicos.
De este modo, según informa el TSJC también quedan sin efecto "cuantas medidas cautelares personales y/o patrimoniales se hayan adoptado en el curso del procedimiento" y se cancelan "cuantos registros, anotaciones y antecedentes, incluidos los policiales" que se hayan derivado de los actos expresamente amnistiados.
Los hechos probados
Según el auto de la sala civil y penal del TSJC, se considera probado que sobre las 20:45 horas del 1 de octubre de 2020, coincidiendo con la celebración del tercer aniversario del referéndum ilegal de 2017, y en el marco de una concentración convocada por la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, los tres acusados "lanzaron piedras contra al menos una furgoneta policial de la brigada móvil de los Mossos d'Esquadra" en la confluencia entre las calles Pelayo y Balmes de Barcelona.
Según el escrito, "actuando de manera conjunta", Amadeu B. G., Marc R. C. y Marc V. R. atentaron, empleando objetos peligrosos, contra los agentes que se encontraban en el exterior del furgón. Cuando los policías procedieron a su detención de los tres individuos, el acusado Marc R. C. trató de escapar dando en ese momento un empujón a uno de los agentes, "haciéndole caer al suelo y golpearse en la cabeza".
A continuación, inició la huida y esquivó a varios agentes de la autoridad que trataban de detenerlo. En el trascurso de esta persecución, otra policía fue herido en la pierna. Como consecuencia de estos hechos, el agente sufrió fractura en el peroné.
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