Disturbios de Tsunami Democratic en los alrededores del Camp Nou el 19 de diciembre de 2019

Disturbios de Tsunami Democratic en los alrededores del Camp Nou el 19 de diciembre de 2019 Europa Press

Política

El TSJC aplaza por la amnistía su decisión sobre la condena a un independentista que agredió a tres mossos

El tribunal desoye a la Fiscalía aduciendo la "incidencia directa" de la ley de impunidad del 'procés', todavía pendiente de entrar en vigor

18 marzo, 2024 18:01

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado el aplazamiento sin fecha de la deliberación sobre la condena de tres años de cárcel a un manifestante secesionista que agredió a tres mossos d'esquadra en los disturbios de Tsunami Democràtic de diciembre de 2019. El TSJC ha desoído así a la Fiscalía al ver "razonable" diferir este señalamiento por la "incidencia directa" de la Ley de Amnistía del procés, aprobada la semana pasada en el Congreso con los votos a favor de los dos partidos del Gobierno (PSOE y Sumar) y sus socios parlamentarios secesionistas.

Así lo ha acordado la sección de apelación penal del TSJC en un auto, al que ha tenido acceso EFE, en el que desestima el recurso que interpuso la Fiscalía Superior de Cataluña contra la decisión del alto tribunal de suspender el señalamiento, previsto para el pasado 27 de febrero.

La impunidad del 'procés' "puede tener incidencia"

En su auto, la sala de apelación penal del TSJC subraya que la tramitación en las Cortes de la Ley de Amnistía "puede tener incidencia directa" en la resolución del procedimiento, lo que es un "dato a considerar". De forma que, ante la "eventualidad" de la "aprobación y vigencia" de la ley del olvido es "razonable" diferir el señalamiento.

La Fiscalía Superior de Cataluña había recurrido la suspensión de esta deliberación -antes de que la Ley de Amnistía se aprobara en el Congreso- al considerar que la probabilidad de afectación en el caso de esta norma estaba "huérfana de concreción", ya que se desconoce cuando entrará en vigor y los efectos sobre las causas en tramitación sin sentencia firme.

El TSJC recuerda por el contrario que en el pasado ha dictado resoluciones con contenido "idéntico" sin que hayan "merecido ningún interés por quien ahora las recurre".

Además, apunta que en este caso, el procedimiento es por desórdenes públicos y atentado y no tiene la calificación de urgente de las causas con preso, ni preferente cuando hay perjudicados menores de edad o violencia de género, por lo que se "justifica" la suspensión de la fecha inicialmente prevista para la deliberación y fallo.

No ve el caso "urgente ni preferente"

La sección de apelación penal de la Sala Civil y Penal del TSJC acordó en una providencia del pasado 20 de febrero suspender el señalamiento previsto para 27 de febrero para la deliberación, votación y fallo sobre los recursos de la Fiscalía, los agentes de los Mossos lesionados y el acusado.

El tribunal justificó la decisión de suspender esta deliberación, como única causa, a raíz del "conocimiento público" de la tramitación parlamentaria del proyecto de Ley de Amnistía, "que puede tener incidencia en la resolución de este recurso".

Por este motivo, al no ser este caso "ni urgente ni preferente", el tribunal suspendió el señalamiento.

Desoye a la Fiscalía

En su recurso, la Fiscalía argumentó que el "juicio de probabilidad" respecto a la afectación de la futura Ley de Amnistía en este caso concreto está "huérfana de concreción" y planteó como cuestión de fondo de su recurso que "el futuro" no puede ser causa de suspensión de un señalamiento.

En este sentido, subrayaba la Fiscalía que para suspender un procedimiento se debe justificar una "causa justa y probada" y en este caso consideraba que las normativas no contemplan una futura ley como motivo de suspensión, y más teniendo en cuenta que la sala lo acordó sin fijar ninguna fecha concreta para celebrar la deliberación.

Precisamente, el TSJC anuncia en su auto que en una nueva resolución procederá a fijar una fecha para la deliberación y fallo de los recursos.

Tres años de cárcel por agredir a policías

Este caso se refiere a Víctor M.V.M., vecino de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), que en diciembre de 2022 fue condenado a tres años de cárcel por las protestas de Tsunami Democràtic coincidiendo con el partido de fútbol entre el FC Barcelona y el Real Madrid en el Camp Nou, el 18 de diciembre de 2019, acusado de lanzar objetos contra los Mossos d'Esquadra y agredir a varios agentes.

En su sentencia, la sección 7ª de la Audiencia de Barcelona impuso al joven independentista, representado por el colectivo secesionista Alerta Solidària, tres años de cárcel por el delito de atentado a agente de la autoridad cometido con instrumento peligroso, aunque lo absolvió del de desórdenes públicos, que también le atribuía la Fiscalía, que había pedido una pena de siete años de cárcel.