El Tribunal Supremo analiza cinco recursos de otras tantas asociaciones contra la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que aprobó el gobierno de Ada Colau en Barcelona. El alto tribunal examina los escritos sobre la normativa con un fin: definir si el derecho a la movilidad, libertad de empresa y económica preponderan sobre las leyes sobre salud y medio ambiente. Si es así, derribará la ZBE, tal y como hizo antes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Es lo que se desprende de los cinco autos de admisión a trámite en otros tantos procedimientos contra la normativa anticontaminación de la Ciudad Condal. Recurrieron la norma la patronal Federación Empresarial Catalana de Autotransporte de Viajeros (Fecav); el Gremio de Transportistas y entidades vinculadas; la Asociación de Familias Numerosas; el Gremio de Talleres y la Asociación de Transporte Discrecional de Cataluña. Lograron tumbar la norma en el TSJC en 2019, pero el conflicto se recurrió al Supremo.
"Hay interés casacional"
Ahora, el Tribunal examina si avala esa anulación integral o si mantiene el filtro antipolución de vehículos rodados, pues admite que hay "interés casacional". Lo hace a instancia de las tres administraciones impulsoras de la ZBE, la Generalitat de Cataluña, Ayuntamiento de Barcelona y Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y hace una excepción, pues el Supremo bloquea más del 80% de los recursos de casación que se le presentan.
Mientras, la ordenanza sigue vigente y multando, pues el TSJC avaló que así fuera. Rehusó los argumentos de los gremios y asociaciones contrarias, que habían solicitado ejecutar la sentencia de 2019 y levantar por completo la normativa.
¿Qué derecho prevalece?
De momento, no se moverá nada. El Supremo examina los cinco escritos y los argumentos de una y otra parte para determinar si puede "preponderar" los derechos a la "movilidad, libertad económica y de empresa" frente a los "derechos a la salud y al medio ambiente". Ello cuando se trata de aprobar normas de protección de la naturaleza y el medio.
De hecho, el criterio de la máxima instancia judicial no sólo resolverá sobre la zona de control ambiental de Barcelona, sino que la postura creará jurisprudencia si otros casos similares acaban en el mismo tribunal. El criterio jurídico lo emitirá la sección quinta de la Sala III, la que se dedica a los asuntos contencioso-administrativos.
Barcelona tiene una nueva ordenanza
Ese test de estrés judicial de la ZBE está viciado. Cabe recordar que el gobierno municipal aprobó una modificación de la ordenanza anterior después de que la justicia la derribara. El entonces edil de Emergencia Climática, Eloi Badia, hoy diputado, defendió que se aumentaban los accesos anuales a la ZBE para vehículos sin distintivos o autorizaciones de entrar en el territorio para familias numerosas según su renta.
Es, de hecho, algo que los dos Ejecutivos locales de Colau hicieron con otras normas que la justicia anuló. El propio plan hotelero de 2017, que también tumbaron el TSJC y el Supremo, pero que el bipartito de BComú y PSC mantuvo por medio de otra aprobación casi idéntica: sólo hubo pequeñas modificaciones del texto.
El TSJC afeó el impacto
Cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló la ordenanza anticontaminación al detectar "falta de informes que avalaran algunas restricciones". Lo hizo a instancias de diez colectivos y gremios. Asimismo, la segunda instancia judicial detectó una limitación excesiva de algunos tipos de vehículos.
Con ello, quedaron en el limbo unas 220.000 multas impuestas al calor de la nueva normativa, explicó este medio. De hecho, fuentes jurídicas alertaron de que si el Tribunal Supremo derriba finalmente el texto legal, los afectados podrían recurrir las sanciones al ser nulas.
Toda Barcelona, libre de polución
Cabe recordar que la ZBE es una ordenanza municipal anticontaminación aprobada para todo el municipio de Barcelona por los gobiernos de Ada Colau siguiendo, según sus equipos, directrices comunitarias. Busca cortar el paso a los automóviles antiguos que no presenten las etiquetas más nuevas. Entró en vigor en enero de 2020, antes de la pandemia del coronavirus, y el Ejecutivo local mantuvo las multas de hasta 1.800 euros pese a la fortísima contracción económica.
Desde algunos sectores económicos, como los denunciantes, se alertó de las consecuencias de la ordenanza sobre sectores altamente dependientes en las carreteras, como los transportistas de personas, bienes o materiales o los talleres de reparaciones de vehículos, entre otros.