El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) considera "inconstitucional" la nueva normativa de la Generalitat de Cataluña para excluir el castellano como lengua también vehicular en la enseñanza en tres sentencias con las que confirma la aplicación del 25% de español en una aula de tres escuelas catalanas.
Las tres sentencias, de las que el tribunal ya adelantó el fallo la semana pasada, ordenan impartir una asignatura troncal en castellano -al margen de en la asignatura propia de dicha lengua- al estimar parcialmente recursos de familiares de alumnos.
Normativa que excluye el castellano
En los tres casos, el TSJC tiene en cuenta la nueva normativa que el Govern secesionista aprobó en 2022 para burlar la sentencia firme y de obligado cumplimiento que obliga a impartir al menos un 25% de clases en español en todo el sistema educativo de la Generalitat, y de la cual el propio tribunal planteó una cuestión de inconstitucionalidad ante Tribunal Constitucional -todavía pendiente de resolver-, al constatar la "imposibilidad legal" de aplicar ese mínimo de bilingüismo en las aulas por culpa de las nuevas normas aprobadas a posteriori por los nacionalistas.
Los magistrados reconocen, en los tres casos en cuestión, el derecho de los familiares "a que su hijo reciba, en el colegio y curso en el que sigue sus estudios, una enseñanza efectiva y equilibrada en lengua castellana".
El tribunal detalla que esta enseñanza deberá comprender "aparte de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de dicha lengua, al menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular que, por su importancia en el conjunto del currículo y su carga lectiva, pueda ser considerada como principal".