Roger Torrent, consejero de Empresa, responsable de los multas lingüísticas a comercios / LUIS MIGUEL AÑÓN (CG)

Roger Torrent, consejero de Empresa, responsable de los multas lingüísticas a comercios / LUIS MIGUEL AÑÓN (CG)

Política

El Govern amenaza con multa de 20.000 euros a un bar de Reus por atender en castellano

La Consejería de Empresa envía un requerimiento al establecimiento donde un camarero de origen sudamericano fue denunciado por unos clientes porque todavía no domina el catalán

24 octubre, 2022 18:58

El Govern ha advertido a un bar de Reus (Tarragona) de que podría ser sancionado con 20.000 euros por no atender en catalán a unos clientes. Según el requerimiento, enviado por los Servicios Territoriales de la Consejería de Empresa en Tarragona y al que ha tenido acceso Crónica Global, considera que los hechos pueden "ser constitutivos de una infracción leve, que puede ser sancionada con una multa de hasta 20.000 euros, por eso le pedimos que tome todas las medidas necesarias para garantizar a las personas consumidoras que su establecimiento cumple la legislación vigente y, en consecuencia, que están en condición de atenderlas cuando se expresen en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña".

Amenaza de multa enviada a un bar de Reus por atender en castellano a unos clientes

Amenaza de multa enviada a un bar de Reus por atender en castellano a unos clientes

 

El aviso es consecuencia de la denuncia de unos clientes que fueron atendidos en castellano por un camarero de origen sudamericano y que todavía no domina en catalán. Los propietarios temen represalias --por eso, a través de sus abogados piden que no se divulgue el nombre--, pero aseguran estar indignados con la posibilidad de que, en plena crisis económica derivada de la inflación y la carestía energética, la Generalitat les amenace con una sanción tan elevada.

La Generalitat, que recibió la denuncia el pasado 17 de octubre, recuerda en su escrito que el artículo 8.3 de la Ley 18/2017 de comercio, servicios y ferias "dispone que las personas que acceden a la actividad comercial y a la prestación de servicios, incluso aquellas que lo hagan en calidad de personas trabajadoras asalariadas, deben conocer las condiciones del ejercicio de la actividad comercial y de la prestación de servicios en Cataluña, y deben estar en condiciones de poder atender a las personas consumidoras cuando se expresen en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña".

"Catalán, lengua propia"

Asimismo, aluden al artículo 6 del Estatut de Autonomía de Cataluña, en el que se dispone que la lengua propia de Cataluña es el catalán, que es, además, la lengua oficial de Cataluña, y que el castellano, en su condición de lengua oficial del Estado, también es oficial en Cataluña".

En 2018, el Tribunal Constitucional se pronunció sobre estas multas lingüísticas de la Generalitat. En una sentencia --la segunda-- sobre el Código de Consumo de Cataluña, el alto tribunal, recogiendo la jurisprudencia existente, señaló que, en el ámbito de las relaciones entre particulares --y a diferencia de lo que ocurre en las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos--, no puede imponerse el uso de una de las lenguas oficiales.

Consecuencia de ello es que, en el ámbito de las relaciones entre privados, "tampoco cabe establecer un régimen sancionador" frente a eventuales incumplimientos de dicha norma autonómica, pese a que así lo recoge la propia ley para las empresas que no utilicen el catalán en sus relaciones con los consumidores.