El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, y el 'conseller' de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray / EUROPA PRESS

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, y el 'conseller' de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray / EUROPA PRESS

Política

La Generalitat responde al TSJC que la sentencia del 25% es inaplicable tras el nuevo decreto

El Govern insta al alto tribunal a declarar la "imposibilidad legal" de cumplir la resolución judicial porque la normativa aprobada el lunes rechaza de forma taxativa el uso de porcentajes de lenguas

31 mayo, 2022 18:25

La Generalitat ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que declare la "imposibilidad legal" de cumplir la sentencia que ordena impartir, al menos, un 25% de las clases en castellano en la educación obligatoria en Cataluña porque el decreto aprobado este lunes establece un nuevo "marco legal" que impide su ejecución, pues este rechaza de forma "taxativa" los porcentajes a la hora de fijar el uso de las lenguas en la enseñanza.

Esta es la respuesta que el gabinete jurídico de la Generalitat ha hecho llegar al alto tribunal el último día de plazo que tenía la Consejería de Educación para acatar la orden de ejecución forzosa de la sentencia emitida el 16 de diciembre e 2020.

Adaptarse al nuevo marco legal

En su escrito, firmado por el abogado de la Generalitat Gerard Blanchar, el Govern argumenta que ni la Constitución, ni el Estatut, ni la legislación nacional en materia educativa imponen un modelo de porcentajes sobre el uso de las lenguas en las escuelas.

Por tanto, destaca que para "asegurar la mayor efectividad" de la sentencia "lo que procede" es que "ordene" a los centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos de Cataluña que elaboren o revisen sus proyectos lingüísticos para adaptarse al nuevo marco legal establecido por el decreto que aprobó ayer el Govern.

Modelo "constitucional y estatutario"

El ejecutivo autonómico subraya que el nuevo marco legal "prioriza" adaptarse al "entorno sociolingüístico de cada centro, del entorno general y de los objetivos de normalización lingüística", garantizando en cualquier caso que los alumnos consigan el dominio oral y escrito del catalán y del español al terminar la enseñanza obligatoria.

Además, el Govern considera que es "tan constitucional y estatutario" un modelo basado en porcentajes de uso de las lenguas como otro como el plasmado en el decreto ley 6/2022, que rechaza de forma "taxativa" los porcentajes. Por este motivo, pide al TSJC que declare la concurrencia de una "causa de imposibilidad legal" para ejecutar la sentencia del 25 %, debido a la presencia de la nueva reglamentación, como elemento "sobrevenido".

"Interés general"

La Generalitat admite que "es cierto" que el nuevo régimen jurídico establecido en su decreto y la sentencia del 25% "difieren" en cuanto a las "concretas medidas previstas" para adoptar, pero remarca que, según la jurisprudencia del Supremo, "lo que es realmente relevante es el interés general perseguido".

"Y es innegable que el decreto ley 6/2022 pretende afrontar el interés general que representa la regulación del uso de las lenguas oficiales en la escuela de una manera diferente priorizando no un simple régimen de porcentajes totalmente ajeno a la realidad de cada centro docente y no previsto en ninguna norma legal, sino un modelo que tiene en cuenta el entorno sociolingüístico de los centros, el entorno general y los objetivos de normalización lingüística", añade.

Corrige la "inactividad normativa"

En este sentido, el escrito recuerda que la sentencia del TSJC sobre el 25%  declaró que la Generalitat incurrió en una "inactividad normativa" sobre la regulación del uso de las lenguas oficiales en la escuela, cosa que "precisamente" está "tratando de superar" el Govern con el decreto aprobado ayer. Sostiene además que la administración autonómica tiene "plena libertad" a la hora de determinar cuál debe ser el contenido de las normas legales, "con el único límite de tener que respetar la Constitución y el Estatut de Autonomía".

Así las cosas, la Generalitat concluye que del decreto, que es la primera de las normas con rango legal actualmente en trámite para regular el uso de las lenguas oficiales en la escuela, se desprende un nuevo modelo "incompatible" con el sistema de porcentajes mínimos "ideado" por el TSJC en su sentencia.

La sentencia del TSJC

Tras largos años de concenciosos, el TSJC emitió una sentencia el 16 de diciembre de 2020 en la que decretó "la obligación de la Generalitat de adoptar las medidas que sean necesarias a los efectos de garantizar que, en las enseñanzas comprendidas en el sistema educativo de Cataluña, todos los alumnos reciban de forma efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales [castellano y catalán] en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso".

El 4 de mayo de 2022, un año y medio después, agotados los recursos, el mismo tribunal emitió una interlocutoria para "incoar incidente de ejecución forzosa" de la anterior sentencia a petición de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) y "requerir al consejero de Educación de la Generalitat de Cataluña para que, en el plazo máximo de 15 días, dicte las instrucciones y establezca las garantías de control de las mismas que procedan a los efectos de que en el sistema educativo de Cataluña todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso; utilización que incluirá como mínimo la docencia de la misma lengua y la de otra asignatura o materia de carácter troncal o análogo, e informe al tribunal en el mismo momento que finalice el nuevo plazo de ejecución sobre las medidas adoptadas y el grado de cumplimiento de las mismas". Además, requirió a la Alta Inspección Educativa "a los efectos de verificar el cumplimiento de la parte dispositiva de la sentencia dictada en estas actuaciones en el conjunto del sistema educativo de Cataluña, informando al tribunal de la actividad desplegada y de la situación constatada a la finalización del plazo de ejecución señalado".

Un decreto y un cuestionario

Para responder a la sentencia y a la orden de ejecución forzosa, el Govern aprobó este lunes por la vía de urgencia el decreto ley 6/2022 (que deberá ser convalidado por el Parlament en un mes), por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, la aprobación, la validación y la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos. El texto señala entre los "criterios y objetivos básicos" para "la organización de la enseñanza y el uso de las lenguas en los centros educativos públicos y en los centros educativos privados sostenidos con fondos públicos" la "inaplicación de parámetros numéricos, proporciones o porcentajes en la enseñanza y el uso de las lenguas".

Además, la Consejería de Educación ha enviado este martes a los más de 4.500 centros educativos públicos y concertados de Cataluña un cuestionario con siete preguntas que deben ser respondidas afirmativamente para que los proyectos lingüísticos de cada uno de ellos sea validado. Estas preguntas son: ¿El proyecto lingüístico prevé que el catalán, como lengua propia de Cataluña, es la lengua normalmente empleada como lengua vehicular y de aprendizaje? ¿El proyecto lingüístico prevé que el catalán, como lengua propia de Cataluña, es la lengua de uso normal en la acogida del alumnado recién llegado? ¿El proyecto lingüístico prevé un uso curricular y educativo tanto en catalán como en castellano? ¿El proyecto lingüístico incorpora criterios exclusivamente pedagógicos y desde un abordaje global, integrador y de transversalidad curricular para determinar la presencia y el tratamiento de las lenguas oficiales? ¿El proyecto lingüístico tiene en cuenta la diagnosis de la realidad sociolingüística del centro? ¿El proyecto lingüístico tiene en cuenta los resultados de las pruebas y evaluaciones periódicas, tanto internas como externas, en las diferentes etapas educativas? ¿El proyecto lingüístico evita la utilización de porcentajes en la enseñanza y el uso de las lenguas?