El Tribunal Supremo admite solo un 17% de los recursos de casación como el que prepara el Ayuntamiento de Barcelona para salvar la zona de bajas emisiones (ZBE), su ordenanza anticontaminación que ha anulado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por abusiva. El alto tribunal desestima el 83% de los escritos, lo que pone muy cuesta arriba la defensa de un polémico texto que expulsa de la Ciudad Condal unos 50.000 automóviles antiguos.
Alertan de ello fuentes judiciales, recordando que la "ofensiva de recursos" al Supremo para salvar la ZBE anunciada por Janet Sanz, teniente de alcalde de Urbanismo, "tiene muchos visos de fracasar". Ello es así porque la última instancia judicial "ha endurecido mucho" los requisitos para admitir a trámite los escritos de casación. "Y la defensa de la ordenanza antipolución de Barcelona, no de hecho, no los cumplirá", sostienen.
"No tiene interés casacional"
Las voces consultadas subrayan que el Tribunal Supremo ha endurecido mucho los parámetros del recurso de casación. "Con los últimos cambios normativos --reforma de la ley orgánica 7/2015 y el Acuerdo TS sobre criterios de admisión de 2017--, el Supremo admite solo aquellos escritos que tienen interés casacional, y éstos suponen menos de un 20% del total", recalcan. ¿Con qué criterios? "Sobre todo si se impone unificación de doctrina, esto es, si hay sentencias contrarias sobre un mismo asunto", explican.
Los recursos para defender la zona de bajas emisiones de Barcelona, en su opinión, no cumplirán esos requisitos. "No habrá un segundo juicio sobre el fondo del asunto. El Supremo no lo admitirá a trámite, y la ZBE quedará anulada al devenir firme la sentencia del TSJC", insisten.
Círculo legal: "Formación de jurisprudencia"
La abogada y socia de Círculo Legal de Barcelona Arantxa Goenaga confirma que "la reforma fundamental que sufrió el recurso de casación en el ámbito contencioso administrativo fue la de ampliar los motivos por los cuales se puede recurrir en casación, quitando la limitación que se establecía con anterioridad, pero se exige que tenga un interés casacional objetivo". Fundamentalmente es la "formación de jurisprudencia".
"Básicamente se ha suprimido el recurso de casación ordinario y la finalidad del actual es que sea el medio para interpretar las normas y establecer criterios para unificar la doctrina", ha añadido Goenaga a preguntas de este medio, antes de subrayar que ello tiene como objetivo "clarificar la interpretación de una norma y unificar los criterios para interpretarla". La tasa de admisión anual de la sala contenciosa del Tribunal Supremo, recuerda, se sitúa en el 17% para el ejercicio 2017.
Denunciantes: "El TSJC ya ha dictaminado"
Por su parte, David Neila, abogado de la Plataforma de Afectados por las Restricciones Circulatorias (Parc), ha aventurado que la defensa de la ZBE ante el Tribunal Supremo "no tiene interés casacional". Neila recuerda que el alto tribunal admite los escritos si hay que unificar doctrina, sí, pero también por el principio de proporcionalidad. "Y esta es una materia muy manida, hay muchas sentencias previas. Los recursos sobre este asunto no tendrán interés", ha agregado.
El letrado de Bufete Neila lanza también un mensaje a las Administraciones que no son parte en el procedimiento. "Se ha dicho que algunas instancias iban a recurrir al Supremo para defender la zona de bajas emisiones. ¿Son parte? Porque si no lo son, no pueden recurrir, y sus anuncios son políticos", ha apostillado.
"La memoria económica tiene una página"
Por otro lado, desde el sector del motor recuerdan que el TSJC ha anulado la ordenanza de Barcelona por desproporcionada. "La memoria de evaluación de impacto económico y social de la ordenanza tiene una página de extensión. Ello da indicaciones de cuán rigurosa era la medida", insisten. En efecto, la justificación y estimación de impacto sobre la economía y la sociedad [ver aquí] elaborada en 2016 era breve.
De hecho, en uno de los seis escritos que el TSJC ha admitido para derribar la norma se tilda de "insulto" la justificación económica de la polémica medida. "Impedirá la circulación del 55% del parque móvil censado en Barcelona, sin ningún tipo de justificación o estudio de impacto de tan grave y compleja medida de prohibición", lamenta el recurso que ha dado por bueno el Tribunal Superior consultado por Crónica Global.
Ayuntamiento: "Incluyó lo legalmente exigible"
A preguntas de este medio, una portavoz municipal ha defendido que la ordenanza de la ZBE incluye "todo aquello legalmente exigible".
La fuente oficial del Ayuntamiento de Barcelona solo admite que la ordenanza, que avalaron BComú, PSC, ERC y Junts, no cuenta con una memoria ambiental "porque la normativa no lo requiere". No obstante, el consistorio incorporó un estudio de impacto ambiental "con datos del parque circulante de 2017 que ya estaba realizado". En este análisis, se concluye que "las estaciones de tráfico intenso, Eixample y Gràcia, superaron la media anual de 40 microgramos/m3 hasta el 2020".