Oriol Soler, Xavier Vendrell, David Madí y Josep Lluís Alay (de izquierda a derecha) fueron algunos de los detenidos por el desvío de dinero de la Diputación a Tsunami Democràtic / CG

Oriol Soler, Xavier Vendrell, David Madí y Josep Lluís Alay (de izquierda a derecha) fueron algunos de los detenidos por el desvío de dinero de la Diputación a Tsunami Democràtic / CG

Política

El juez de la 'operación Voloh' se ratifica en los pinchazos telefónicos

Joaquín Aguirre considera que "no existe el menor indicio" de delito en las escuchas al estado mayor del 'procés' y rechaza investigarlas

23 noviembre, 2020 18:07

El juez que ordenó las escuchas telefónicas de la operación Voloh, Joaquín Aguirre, ha rechazado investigar estos pinchazos tal y como le habían pedido las defensas. Hay que recordar que el ministerio público también se opuso hasta en tres ocasiones a las intervenciones telefónicas y seguimientos solicitados por la Guardia Civil. Pese a estos precedentes, el magistrado considera que "no existe el menor indicio" de que se haya cometido un delito de revelación de secretos al ordenar las grabaciones.

Así, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Barcelona ha denegado en un auto las peticiones que solicitó el abogado Gonzalo Boye en representación de Josep Lluís Alay, jefe de la oficina del expresidente catalán Carles Puigdemont y uno de los detenidos en la operación Voloh que investiga al estado mayor del procés.

Alay no se vio "afectado" por los audios

Alay, amigo íntimo de Puigdemont, está siendo investigado por presunta malversación en el marco de una pieza separada que indaga el supuesto desvío de fondos públicos para el expresident. En la providencia, el magistrado deniega la deducción de testimonio de particulares tras la difusión de los audios en los medios de comunicación. Para el juez, "no consta" que Alay se haya visto "afectado" por las informaciones divulgadas en la prensa.

"El señor Alay carece de legitimación activa para solicitar la deducción de testimonio de particulares dado que carece de la condición de agraviado", sostiene el juez, que avisa al abogado de que, en todo caso, debería haber interpuesto una denuncia. Además, recuerda que el secreto del sumario del caso se levantó el 28 de octubre, por lo que "la causa no era secreta y no apareció sobre ella ninguna noticia anterior al levantamiento del secreto".

Josep Lluís Alay, director de la oficina de Puigdemont, en una de sus intervenciones en TV3 / Canal 324

Josep Lluís Alay, director de la oficina de Puigdemont, en una de sus intervenciones en TV3 / Canal 324

El juez descarta convertirse en censor

Por otro lado, el juez reprocha que se le pida que evite la publicación de "datos, audios, vídeos o fotos" que obren en la causa y subraya que únicamente puede tomar medidas de esta índole si la información aireada está relacionada con la vida íntima de los detenidos.

"No cita el señor Boye qué amparo procesal tendría tal medida ni por qué el juez instructor habría de ejercer una función de censor que desapareció de España aproximadamente en 1976", recalca el magistrado.

Escuchas sin contenidos íntimos

Aprovecha para subrayar que los pinchazos a los investigados "con otras personas en las que tratan asuntos de naturaleza pública" no se consideran "referidas a la vida íntima". Así, asevera que "en principio son relevantes para la calificación de la condición de un inculpado como persona influyente en el ámbito político, así como el grado de esta influencia".

"En personas que no desempeñen cargos públicos pero sí que se relacionan con dichos cargos, la condición de personas influyentes puede derivarse con bastante acierto de las conversaciones captadas con autorización judicial", recuerda. De cualquier forma, destaca que en las escuchas interceptadas y transcritas por la Guardia Civil "no aparece ninguna que se refiera a la vida íntima".

Reproches para Boye

Por último, el magistrado afea a Boye que este se "erija por propio nombramiento en una suerte de juez instructor" --una "función" que, apostilla, "no le corresponde"--, por instar a que se le comunique quién está custodiando las grabaciones telefónicas.

"Tal petición debe hacerla ante el juez instructor que abra diligencias previas por el presunto delito de descubrimiento de secretos en el que tanto insiste pero no presenta denuncia y sobre el que, a juicio de este magistrado, no existe el menor indicio", concluye.