Los juristas ven viable desconcentrar el poder judicial, tal como preveía el Estatut, porque no requiere de reforma constitucional / EFE

Los juristas ven viable desconcentrar el poder judicial, tal como preveía el Estatut, porque no requiere de reforma constitucional / EFE

Política

Las cuatro asociaciones de jueces arremeten contra el referéndum

Advierten de que no aplicarán las leyes de ruptura porque se sitúan "fuera del marco constitucional"

13 septiembre, 2017 14:34

Las cuatro asociaciones de jueces han firmado un escrito en el que critican duramente las leyes de ruptura catalanas y advierten de que no tienen validez jurídica alguna, al situarse fuera del ordenamiento constitucional, por lo que no piensan acatarlas.

Firman el escrito Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Francisco de Vitoria, Jueces y Juezas para la Democracia y Foro Judicial Independiente. Recuerdan que "os ciudadanos y los poderes públicos, todos sin excepción, están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico que la misma ampara. Solo el respeto a la Constitución y a los principios y valores que propugna garantiza la convivencia democrática. Fuera de la Constitución y de los cauces que prevé no hay legalidad ni Estado de Derecho".

Añade que "la Justicia, como Poder del Estado, emana del conjunto del pueblo español, único sujeto de la soberanía nacional, y se administra por jueces y juezas, magistrados y magistradas independientes y sujetos únicamente a la Constitución y a la ley. No corresponde a los miembros del Poder Judicial interpretar la historia ni resolver conflictos políticos, pero sí ejercer la función jurisdiccional, cumpliendo y haciendo cumplir la Constitución y la ley, para garantizar los derechos fundamentales y las libertades públicas de todas las personas".

"No tienen valor vinculante alguno"

Por ello, la aprobación por el Parlamento de Cataluña de las denominadas Ley 19/2017, de 6 de septiembre, del Referéndum de Autodeterminación y Ley 20/2017, de 7 de septiembre, de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República, suspendidas por el Tribunal Constitucional, "carece de eficacia alguna para alterar el sistema constitucional descrito al situarse fuera del marco que sustenta su propia autoridad, como recuerda el propio Tribunal. En consecuencia, las mencionadas normas no tienen valor vinculante alguno y nuestro deber, como Poder Judicial, es no aplicarlas, como tampoco las disposiciones reglamentarias o administrativas que pudieran derivarse de ellas".

Según estas cuatro asociaciones profesionales de jueces, "los ciudadanos y ciudadanas no están obligados a cumplir dichas Leyes ni las normas dictadas en su desarrollo. Por su parte, los funcionarios públicos tienen la obligación de actuar conforme a la Constitución y a la legalidad constitucional, cumpliendo las resoluciones judiciales y prestando la colaboración requerida para su ejecución. Unos y otros encontrarán amparo y respuesta en los Juzgados y Tribunales ante cualquier actuación encaminada a aplicar o imponer disposiciones suspendidas o declaradas nulas".

Advierten de que "una autoridad que conscientemente se rebela contra la norma constitucional que la legitima, pierde el carácter de autoridad y no tiene que ser obedecida. La desobediencia que desprecia las normas jurídicas que protegen la disidencia, no es un acto heroico sino totalitario". Concluyen que "en el desarrollo de su difícil labor, los jueces y juezas que ejercen la potestad jurisdiccional en la Comunidad Autónoma de Cataluña cuentan con todo el apoyo y cobertura institucional, material y moral del conjunto de la Judicatura española de la que forman parte".