En la mayoría de los países desarrollados existe un salario mínimo, pero en ninguno de ellos uno máximo. El objetivo de los dos es evitar un abuso. El primero apareció para impedir la explotación de los trabajadores por parte de los empresarios, pues el libre mercado no aseguraba a los empleados la remuneración suficiente para abandonar la pobreza.
El segundo debería surgir para frenar una retribución excesiva de los principales ejecutivos de las grandes compañías y escasamente relacionada con la calidad de su gestión. Si su salario fijo estuviera verdaderamente vinculado a ella, su cuantía se reduciría en una elevada medida en los ejercicios donde la empresa disminuye sus beneficios, cotización bursátil o cuota de mercado. En la actual centuria, casi nunca ha sido así.
Dichos directivos reciben tres distintos salarios: fijo, variable y diferido. El último es una cuantiosa aportación a su plan de pensiones. Desde mi perspectiva, los dos últimos sobran y el primero habría de ser mucho menor. En nuestro país, ningún trabajador debería percibir más de 500.000 euros anuales. En cambio, a través de los dividendos, no existiría ningún límite para los que arriesgan su dinero en una empresa.
La trilogía salarial no es su único privilegio. Cuando son despedidos, después de realizar una deficiente gestión durante varios años, un gran número recibe una suculenta indemnización. Aparentemente, constituye una contradicción, ya que los accionistas les premian por decepcionarles y no conseguir los objetivos previstos. En realidad, es un importe destinado a comprar su silencio, pues el ejecutivo destituido podría perjudicar notoriamente a su anterior empresa si publicara algunos de sus puntos débiles o problemas ocultos.
En las multinacionales, el ejecutivo principal domina el comité de retribuciones y el consejo de administración. El primero fija los salarios deseados por el consejero delegado (CEO) y el segundo los aprueba. En ambos órganos, la mayor parte de los miembros son elegidos directa o indirectamente por él y poseen una característica común: una gran fidelidad hacia su persona.
Los miembros del consejo de administración elegidos por el CEO suelen ser amigos suyos, compañeros de universidad o de trabajo en una anterior compañía. Casi todos proceden de una conocida y reputada familia con múltiples conexiones empresariales y políticas, pues su principal misión es utilizar sus contactos para facilitar la labor del primer ejecutivo. Para pertenecer al consejo no se necesitan cualidades especiales, pero sí un buen pedigrí.
La limitación de los salarios de los principales directivos de las grandes compañías puede efectuarse a través de los siguientes métodos:
a) la fijación por ley de un importe máximo. Si el Gobierno impide a las empresas privadas y públicas abonar a sus trabajadores una retribución inferior a la mínima establecida por él, también puede determinar una remuneración máxima. A través de dicha limitación, la Administración pretendería reducir la desigualdad salarial en las compañías, eliminar uno de los principales privilegios de los altos directivos y establecer unos ingresos más acordes con los méritos contraídos.
Desde mi perspectiva, en ningún caso un salario máximo supone un ataque irreparable a la libertad de empresa (artículo 38 de la Constitución), tal y como aseguran los defensores de las elevadas remuneraciones de algunos ejecutivos. Con él en vigor, las compañías podrían continuar con la producción, distribución o comercialización de distintos bienes y servicios, sin tener que pedir autorización alguna a una Administración.
b) vincular el salario máximo con el medio. Desde mi perspectiva, el CEO de una empresa debería percibir como máximo 10 veces más que el salario medio. Si así sucediera, el incremento de la retribución del primero también supondría el aumento de la del resto de trabajadores. En la actualidad, una regla incumplida en todas las grandes compañías privadas españolas. Así, por ejemplo, en 2021, Ana Patricia Botín percibió una remuneración 265 veces superior a la del empleado medio de la banca (12,2 millones versus 46.122 euros).
La vinculación permitiría un mayor aumento del salario anual de los trabajadores, exactamente lo contrario de lo que ahora sucede. En los últimos años, la mayoría de los CEO miran más el lado de los costes que el de los ingresos. Para contener los primeros, buscan aminorar lo máximo posible los gastos de personal, ya sea a través del despido de trabajadores o de escasos aumentos de su retribución real. Si consiguen su objetivo, la empresa obtiene un mayor beneficio y ellos una remuneración variable mucho más elevada.
c) establecer un elevado tipo marginal máximo en el IRPF. En EEUU, entre 1945 y 1963, el tipo marginal máximo en el IRPF fue del 91%, un período donde hubo dos presidentes demócratas (Truman y Kennedy) y uno republicano (Eisenhower). Dicho tipo penalizaba sustancialmente las retribuciones netas percibidas por los directivos de las principales empresas, pues estos solo se llevaban un 9% del aumento del salario obtenido.
En España, a partir de los 500.000 euros, sugeriría establecer un tipo impositivo del 80%. Una tasa que afectaría a escasos contribuyentes, pues en 2021 solo hubo 12.178 personas que declararon ingresos superiores a 601.000 (0,06%). Dicho tipo superaría en 33 puntos el establecido en la actualidad (un 47%), pero solo en 14,5 al vigente en 1979 (un 65,5%).
d) incentivar al sector privado a aplicar un salario máximo. En este caso, el Gobierno no obliga a las empresas privadas a establecer un límite máximo de remuneración a sus empleados. No obstante, si dichas empresas quieren suministrar bienes y servicios al sector público deben respetar el tope de 500.000 euros. Un incentivo muy importante, pues la Administración es el principal cliente de muchas de ellas. En 2022, su gasto ascendió al 47,4% del PIB.
En definitiva, las elevadas ganancias obtenidas por algunos empresarios no son equiparables a los grandes salarios percibidos por los directivos de las principales compañías españolas. Los primeros se juegan su dinero y corren un elevado riesgo. Los segundos solo su empleo, si realizan una deficiente gestión. Por tanto, no debería existir una remuneración máxima para los emprendedores, pero sí sería deseable para los ejecutivos.
En primer lugar, porque su elevada retribución no responde a sus méritos empresariales. En segundo, porque percibir 5.000.000 en lugar de 500.000 euros no hará que se esfuercen 10 veces más, ni tampoco dos, por cumplir los objetivos previstos. En tercero, por la gran diferencia existente entre lo percibido por ellos y el empleado medio. En cuarto, porque si pagan menos a los trabajadores, ellos no cobran más. Exactamente lo contrario de lo que ha sucedido en numerosas ocasiones durante los últimos años.
Por todos los motivos anteriores, apoyo la propuesta de Yolanda Díaz. Una proposición que en ningún caso debe ser deslegitimada porque provenga de una militante comunista. En EEUU, a través de un elevadísimo tipo máximo marginal en el IRPF (91%), la aplicaron entre 1945 y 1963 Truman, Eisenhower y Kennedy. Ninguno de ellos era de izquierdas.
En dicha etapa, la ideología económica dominante era el keynesianismo, ahora lo es el neoliberalismo. La primera hizo crecer notoriamente la clase media, la segunda la ha debilitado y aumentado considerablemente el número de multimillonarios. En los países desarrollados, una mejoró el nivel de vida de muchísimas personas y la otra lo ha empeorado.