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Hacienda lo confirma: el truco legal que te permite fraccionar el pago de la Renta en el 2026 en dos plazos si no dispones de liquidez

La cláusula de la Agencia Tributaria que te permitirá fraccionar el pago de la renta si no dispones de liquidez en tu cuenta bancaria

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Que la declaración de la Renta te salga a pagar es una de las situaciones que a nadie le gusta afrontar. Por suerte, la Agencia Tributaria mantiene activo un mecanismo oficial que permite a los contribuyentes mitigar el impacto económico de una liquidación con resultado positivo.

Quienes realicen su autoliquidación del IRPF y no dispongan de liquidez inmediata cuentan con el respaldo legal para fraccionar el pago de la renta y así dividir el esfuerzo financiero de sus obligaciones fiscales.

Las opciones ante la falta de liquidez

El verdadero problema para miles de contribuyentes llega cuando, tras repasar el borrador, el resultado de la autoliquidación obliga a pagar y no hay dinero suficiente en la cuenta para hacer frente al recibo de cobro.

Para estos casos, Hacienda permite fraccionar el pago de la renta a través de su sede electrónica, aunque conviene tener claro que no se trata de una solución automática ni gratuita.

La Agencia Tributaria estudia de forma detallada cada solicitud para comprobar si realmente existe una dificultad económica justificada por parte del ciudadano, no basta con alegar que se prefiere pagar más tarde. Además, esta modalidad de prórroga, acarrea incluir intereses de demora, que actualmente se sitúan en torno al 4,0625% anual.

Esto implica que cuanto más tiempo necesites para saldar tus cuentas con el fisco, más se encarecerá el importe final de la declaración, por lo que es una herramienta pensada exclusivamente para situaciones de emergencia financiera.

El trámite digital para pedir más tiempo

El proceso para gestionar esta prórroga se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para poder iniciar la solicitud, el contribuyente necesita identificarse utilizando un certificado digital, el DNI electrónico, el sistema Cl@ve o la identificación europea eIDAS.

Una vez dentro de la plataforma de Hacienda, en el apartado de aplazamientos y fraccionamientos el declarante debe aportar los datos clave de su situación económica, indicando cuánto debe y por qué solicita el aplazamiento.

Además, es obligatorio presentar una propuesta de calendario detallando cómo y en cuántos plazos se planea devolver el dinero antes de enviar el formulario.

Tras registrar la petición en el sistema, la administración pública, se encargará de analizar los documentos aportados. El organismo resolverá el expediente aceptando o rechazando la propuesta, y se encargará de fijar las condiciones y los recargos definitivos en caso de aprobar el fraccionar el pago de la renta.

Otros métodos de cobro

La alternativa más utilizada por los contribuyentes para amortiguar el golpe financiero es el fraccionamiento estándar de la declaración, que permite dividir el importe adeudado en dos partes sin intereses.

Mediante esta fórmula, se abona el 60% del total en el momento de realizar el trámite y el 40% restante se posterga para más adelante sin recargo alguno. Sin embargo, para poder beneficiarse de este alivio, existe una condición indispensable: hay que presentar el documento antes del 25 de junio en el calendario.

También, la Agencia Tributaria ofrece otras vías de abono rápido. Los ciudadanos pueden recurrir a la clásica domiciliación bancaria, realizar una transferencia u optar por el pago online mediante tarjeta de crédito o Bizum a través de la pasarela digital.

Qué puedes hacer ahora

Si ya has revisado tu borrador de la renta y el resultado final de la autoliquidación te sale con signo positivo, accede a la plataforma digital de la Agencia Tributaria utilizando tu sistema Cl@ve o certificado digital.

En la pantalla final de tramitación del borrador, selecciona de manera expresa la opción de fraccionar el pago de la renta para asegurar que el desembolso inicial sea una parte del total. Anota bien las fechas de pago en tu agenda y asegúrate de tener dinero disponible en tu banco, para evitar sanciones sorpresa por parte de Hacienda.