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Está en vigor: así funciona la nueva baja médica pagada al 100% por el Estado para los trabajadores donantes de órganos

El nuevo permiso de la Seguridad Social que te permite cobrar todo el sueldo si decides ser donante de órganos en vida

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El Boletín Oficial del Estado confirma la plena vigencia de una medida de protección laboral muy importante a nivel social y económico en todo el país.

A partir de este momento, las personas que decidan ser donante de órganos en vida contarán con un respaldo financiero completamente blindado por la administración buscando garantizar que el proceso médico completo, desde los exámenes previos hasta la recuperación en casa, no suponga en ningún caso un recorte en los ingresos del empleado.

El cobro del salario íntegro

La gran novedad sobre esta prestación radica en la cuantía económica que vamos a percibir durante el periodo de baja médica.

Esta medida aparece recogida formalmente en la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, publicada en el BOE con el propósito de mejorar la protección de las personas donante de órganos o tejidos. La norma, que entró en vigor el 3 de marzo de 2025, crea una situación especial de incapacidad temporal vinculada de forma directa a este proceso médico.

A diferencia de lo que ocurre con otras situaciones convencionales, el subsidio por esta incapacidad temporal especial alcanzará el 100% de la base reguladora del trabajador.

Esto se traduce en algo muy sencillo, el empleado mantendrá intacto su sueldo mensual desde el primer momento en que deba ausentarse de su puesto. Con esta ley, la Seguridad Social busca que nadie se vea en la difícil situación de tener que elegir entre su estabilidad financiera y la decisión voluntaria de salvar una vida.

Actos preparatorios retribuidos

La protección jurídica de la nueva ley no se limita exclusivamente al momento de la intervención quirúrgica, también se ha modificado para incluir un permiso retribuido especial por el tiempo que sea indispensable para acudir a los exámenes médicos preliminares.

Cualquier persona podrá ausentarse de su puesto para someterse a las pruebas clínicas de idoneidad y a las sesiones informativas obligatorias sin sufrir descuentos salariales. Este tiempo de preparación previa queda cubierto de forma total por la empresa, siempre que los reconocimientos médicos coincidan con la jornada de trabajo.

Cobertura de la baja laboral

Este nuevo derecho significa que los trabajadores donantes podrán acceder a una baja laboral específica en el mismo instante en que reciban asistencia sanitaria y estén impedidos para trabajar como consecuencia de la donación.

La administración busca que el empleado se centre exclusivamente en su salud, sabiendo que su puesto y sus ingresos están plenamente protegidos por la ley.

La cobertura de esta baja médica está diseñada de forma integral, por lo que incluye tanto la preparación médica de la intervención como el ingreso hospitalario y el periodo de recuperación necesario hasta recibir el alta definitiva. Así, todas las fases del proceso clínico quedan cubiertas bajo el mismo mecanismo de protección.

Qué puedes hacer ahora

Si tienes previsto iniciar un proceso de donación en vida, debes comunicar a tu departamento de recursos humanos la necesidad de ausentarte para las pruebas médicas de idoneidad.

Recuerda solicitar siempre los justificantes clínicos de asistencia en el hospital o centro médico para presentarlos en tu empresa y validar el permiso retribuido por el tiempo que sea necesario.

Una vez que el servicio público de salud emitan tu parte oficial de baja médica, asegúrate de que conste de forma correcta la situación protegida. Esto agilizará los trámites de gestión ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social o tu mutua para garantizar el cobro de tu sueldo completo desde el primer día.