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Imagen de una oficina de la Seguridad Social Europa Press

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La Ley de la Seguridad Social lo hace oficial: la indemnización de hasta 9.500 euros por lesiones laborales no incapacitantes en caso de sufrir un accidente laboral

Los empleados con secuelas permanentes tras un accidente recibirán un pago único según el baremo oficial

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La Seguridad Social ha actualizado el catálogo de compensaciones para quienes sufren un accidente laboral con secuelas definitivas. Se trata de un pago único destinado a 110 tipos de lesiones que, aunque son permanentes, no impiden seguir trabajando.

Este sistema de baremo busca compensar la pérdida de la integridad física sin necesidad de tramitar una pensión mensual. Es vital saber que recibir esta indemnización supone que la dolencia no alcanza el grado suficiente para una incapacidad permanente.

Funcionamiento de las indemnizaciones por baremo

Según el artículo 201 de la Ley General de la Seguridad Social, estas compensaciones se destinan a lesiones, mutilaciones y deformidades definitivas. El pago se activa cuando el accidente provoca una alteración de la integridad física sin llegar a ser una invalidez.

La normativa establece que esta indemnización es la respuesta legal ante daños que, aunque permanentes, permiten la actividad laboral. Es un pago único que busca reparar el daño físico sufrido por el empleado tras el accidente.

La gran diferencia entre indemnización y pensión por incapacidad es que la primera no te retira del mercado laboral. Es un apoyo financiero para compensar el daño sufrido, permitiéndote continuar en tu puesto de siempre con total normalidad.

Lista de lesiones con indemnización y requisitos

El baremo oficial recoge una lista de lesiones con indemnización que incluye desde cicatrices visibles hasta pérdidas de movilidad parcial. Para cobrar, las lesiones deben estar "consolidadas", es decir, que el médico confirme que ya no van a mejorar más.

Un equipo de valoración revisa cada caso tras el accidente para asignar la cifra exacta que marca el BOE. Al aceptar este pago, el trabajador reconoce que su salud le permite seguir cumpliendo con sus tareas a pesar de la secuela física obtenida.

A continuación, detallamos los importes por cada accidente o enfermedad que provoque una alteración física definitiva:

Cabeza, rostro y órganos sensoriales

Es una de las secciones con mayor variabilidad, ya que la indemnización contempla tanto la pérdida de función (oído, vista) como el daño estético (nariz, orejas).

Tipo de lesión

Cuantía de la indemnización

Pérdida de la nariz

9.512 €

Pérdida de ambas orejas

4.588 €

Hipoacusia (sordera) en ambos oídos

4.289 €

Deformidad facial grave

Hasta 9.512 €

Pérdida del olfato

1.450 €

Órganos internos y glándulas

Las secuelas tras un accidente que afecten a vísceras o glándulas vitales tienen importes fijos que compensan la pérdida anatómica de las mismas. La normativa actual de la Seguridad Social busca proteger la integridad del trabajador mediante estos pagos únicos regulados.

En cuanto al riñón o páncreas, la pérdida de un riñón se compensa con 5.103 €, mientras que la glándula pancreática alcanza los 5.439 €. Son cifras estables que se aplican tras recibir el alta médica definitiva por parte de la mutua tras el accidente.

Respecto a las glándulas tiroides y el bazo, ambas se sitúan en el rango de los 2.899 € a 3.067 €. En el caso de la pérdida de mamas, una mama se indemniza con 3.067 € y si la pérdida afecta a ambas, la cuantía asciende hasta los 6.541 €.

Aparato genital

Las lesiones en los órganos reproductores tras un accidente laboral cuentan con una protección específica debido a la alteración funcional que suponen. Estas cuantías están diseñadas para paliar el daño físico permanente sufrido por el empleado en su entorno de trabajo.

Sobre los testículos u ovarios, la pérdida de uno se valora en 3.402 € y la de ambos en 7.643 €. Este pago es una indemnización a tanto alzado que reconoce la gravedad del daño anatómico pero permite al trabajador continuar con su vida profesional.

En el caso de la pérdida del pene, el baremo distingue entre pérdida parcial, con hasta 5.774 €, o total, que alcanza los 8.158 €. Es vital recordar que este cobro es incompatible con solicitar una incapacidad permanente por esta misma causa médica.

Extremidades: manos, brazos y piernas

Esta es la categoría más común en los partes de accidente. La Seguridad Social diferencia incluso entre la mano derecha y la izquierda (siendo más alta la cuantía para la mano dominante).

Lesión en Miembros

Mano Derecha

Mano Izquierda

Pérdida completa dedo índice

2.899 €

2.168 €

Pérdida completa dedo pulgar

3.438 €

2.684 €

Limitación hombro (>50%)

3.438 €

2.899 €

Acortamiento de pierna (4-10 cm)

2.899 €

2.899 €

Pérdida dedo gordo del pie

2.684 €

2.684 €

Procedimiento para reclamar el pago único

El proceso suele arrancar de forma automática tras recibir el alta médica definitiva después de un accidente. El Instituto Nacional de la Seguridad Social evalúa si el daño sufrido encaja en alguno de los 110 supuestos que dan derecho al cobro.

Una vez se dicta la resolución favorable, el dinero se ingresa directamente en la cuenta del empleado. Es una forma ágil de recibir una compensación por lesiones sin tener que pasar por los largos y complejos procesos de una incapacidad total.

Qué debes hacer ahora

Si tras el alta médica notas que el accidente ha dejado una huella permanente, infórmate sobre estas ayudas. Es un derecho diseñado para reconocer tu esfuerzo y asegurar que tu salud física sea valorada correctamente mientras continúas con tu carrera profesional.