Persona realiza declaración de la Renta

Persona realiza declaración de la Renta Europa Press

+Economía

Ya es oficial: la Seguridad Social suspenderá el Ingreso Mínimo Vital a todos los que no presenten la Renta

No presentar la Renta puede dejar sin Ingreso Mínimo Vital a miles de familias que dependen de esta ayuda

Contenido relacionado: Confirmado por el Gobierno catalán: la deducción por alquiler sube hasta los 500 euros en la Renta de 2026

Llegir en Català
Publicada

Noticias relacionadas

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social que busca prevenir la pobreza y exclusión social de personas que carecen de la economía para cubrir sus necesidades básicas.

Se trata de una ayuda económica de extrema necesidad para muchas familias.

¿Qué busca la ayuda?

Garantiza un nivel mínimo de renta y pretende garantizar la mejora de inclusión social y laboral de las personas que lo obtienen.

Busca garantizar una renta mínima en hogares vulnerables y así frenar la pobreza.

Requisitos

Para obtener la ayuda es necesario que el patrimonio neto del solicitante no supere los requisitos mínimos. Además de una residencia en España de al menos un año.

Además, hay que realizar la Declaración de la Renta de forma adecuada. Muchas personas con bajos ingresos están exentas de declarar su IRPF, pero los solicitantes del IMV sí deben hacerlo.

Período de la Declaración de la Renta

Hacienda y la Seguridad Social revisa estos datos para asegurarse de que el funcionamiento de la ayuda es correcto y así poder personalizar el funcionamiento a cada familia y sus necesidades.

La Seguridad Social abrirá el período de la Declaración de la Renta correspondiente a los ingresos de 2025 desde el próximo 8 de abril hasta el 30 junio de 2026.

El IMV debe declararse

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda exenta de tributación, pero debe declararse de forma obligatoria siempre y cuando no supere los 12.600 euros por año.

Si durante dicho período hay un error en el procedimiento de la Declaración de la Renta, podría suspender de manera temporal el IMV recibido.

Consecuencias del incumplimiento

Si el incumplimiento se alarga durante un año, la ayuda deberá solicitarse nuevamente desde cero.

Asimismo, si la Seguridad Social detecta que la ayuda no ha sido declarada en dos años consecutivos, el pago será suspendido inmediatamente. También se podrá solicitar la devolución de las cantidades recibidas.

¿De cuánto son las ayudas?

Aún así, aquellos que pierdan la ayuda podrán volver a solicitarla cuando demuestren nuevamente que cumplen con la lista de requisitos establecida para recibir el Ingreso Mínimo Vital.

A pesar de que la cantidad monetaria recibida depende de cada familia o caso personal, la cuantía puede abarcar desde los 658,81 euros al mes para un adulto, los 856,46 euros por mes para un adulto y un menor, y los 1.054,10 euros mensuales para un adulto y dos menores.

¿Qué hacer para no perder la ayuda?

Para no tener problemas con la Seguridad Social si cobras el IMV, conviene seguir estas pautas: Presentar la Declaración de la Renta aunque creas que no estás obligado, revisar bien los datos del hogar y de la unidad de convivencia, comprobar que los ingresos y el patrimonio estén correctamente reflejados, no dejar pasar el plazo oficial de la campaña y consultar con Hacienda o la Seguridad Social si hay dudas sobre cómo declarar la prestación.

La declaración actuará como una vía de verificación anual que permitirá detectar cambios en los ingresos, variaciones patrimoniales o modificaciones familiares que puedan afectar a la cuantía de la ayuda o incluso al derecho a seguir cobrándola.

Garantías del mecanismo

Además, este mecanismo busca evitar pagos indebidos y ajustar mejor el gasto público destinado a protección social. La ley del IMV prevé la suspensión del pago cuando concurren causas de incumplimiento y contempla también el reintegro de cantidades indebidamente percibidas.

El Ingreso Mínimo Vital entró en vigor el 1 de junio de 2020, en plena salida de la crisis social provocada por la pandemia.

El objetivo fue poder garantizar un nivel mínimo de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad. Posteriormente, su regulación se consolidó en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, publicada en el BOE el 21 de diciembre y en vigor desde el 1 de enero de 2022.