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Una mujer echa cuentas en su calculadora Europa Press

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Heredar una vivienda en Cataluña: por qué el plazo de 6 meses es clave para no perder el 99% de bonificación

A diferencia del régimen común, la normativa catalana exige una gestión ágil para consolidar las reducciones por vivienda habitual y los beneficios específicos para cónyuges e hijos

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Heredar una propiedad suele ser un proceso agridulce donde las emociones se mezclan con una montaña rusa de trámites administrativos que parecen no tener fin para los familiares.

Muchos herederos desconocen que, tras el duelo, comienza una cuenta atrás técnica que puede determinar su futuro financiero durante los próximos años si no se gestiona con celeridad.

Alerta con los plazos

En Cataluña, la gestión de una vivienda tras un fallecimiento no sigue las mismas reglas que en el resto de España debido a su derecho civil propio y su autonomía fiscal. Aunque legalmente una casa puede figurar a nombre de un fallecido indefinidamente, el coste de no actuar a tiempo frente a la administración es extremadamente elevado para el bolsillo.

Un hombre muestra la llave de un piso

Un hombre muestra la llave de un piso

La normativa catalana es muy específica: el impuesto de sucesiones debe liquidarse en un periodo máximo de seis meses naturales desde el momento del fallecimiento del titular. Este plazo es la frontera real entre una herencia económica y un problema fiscal de grandes proporciones que puede devorar los ahorros acumulados de toda una familia.

Bonificación máxima

La gran ventaja en Cataluña es la bonificación de hasta el 99% en la cuota del impuesto para los cónyuges, lo que reduce el pago final a una cifra simbólica en la mayoría de casos. Sin embargo, este beneficio no es automático ni eterno; es una recompensa fiscal para quienes cumplen estrictamente con los plazos marcados por la ley de la Generalitat.

Calculadora, dinero y reloj

Calculadora, dinero y reloj

Si se presenta la autoliquidación fuera de plazo sin haber solicitado una prórroga previa, la administración catalana retira de inmediato el derecho a aplicar estas bonificaciones. Esto significa que una vivienda que podría tributar por apenas unos pocos euros pasaría a pagar miles, sumando además los recargos por demora correspondientes.

Quinto mes

Existe un detalle técnico vital: si necesitas más tiempo para los trámites, la prórroga de otros seis meses debe solicitarse obligatoriamente antes de que termine el quinto mes. Esperar al último minuto es el error más común; si la solicitud entra en el sexto mes, será denegada y se perderá irrevocablemente cualquier opción de bonificación fiscal.

Otro pilar del ahorro en Cataluña es la reducción del 95% por vivienda habitual, aplicable a descendientes, ascendientes o cónyuges que hereden el inmueble donde residía el fallecido. Para consolidar este ahorro, la reducción tiene un límite de 500.000 euros y exige a los beneficiarios mantener la propiedad en su patrimonio personal durante cinco años.

Parejas de hecho

A diferencia del derecho común, Cataluña equipara totalmente a las parejas de hecho con los matrimonios, siempre que estén inscritas o tengan hijos comunes tras un periodo de convivencia. Esto permite que el conviviente superviviente acceda a las mismas exenciones y a la bonificación del 99%, un blindaje jurídico que protege la estabilidad del hogar tras la pérdida.

Para cambiar la titularidad, primero debes obtener el Certificado de Defunción, el de Últimas Voluntades y el de Seguros de Vida, para proceder después a la aceptación de herencia. Tras liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal, el paso final es acudir al Registro de la Propiedad para inscribir los nuevos nombres y garantizar la seguridad.

Seguridad jurídica

No regularizar la titularidad impide realizar cualquier acción legal básica, como vender el piso, alquilarlo bajo contrato o solicitar una hipoteca, dejando la propiedad en un limbo administrativo. Además, los ayuntamientos catalanes ofrecen bonificaciones en la plusvalía municipal que suelen caducar si no se gestionan dentro de los primeros seis meses tras el fallecimiento.

Actuar con celeridad en Cataluña no es solo una cuestión de orden administrativo, sino una estrategia de protección patrimonial necesaria para evitar sorpresas desagradables. La diferencia entre heredar una casa o heredar una deuda fiscal reside, casi exclusivamente, en no dejar pasar ese calendario de 180 días que marca la ley catalana con total rigurosidad.