El desorden (XVI)
En ningún caso los muertos pueden ya perdonar, ni pueden, por ejemplo, aprender más de lo que aprendieron en vida
29 diciembre, 2018 23:47He reflexionado largamente sobre la licitud del perdón, la de pedirlo y la de concederlo. En la estructura del perdón esas dos acciones no sólo están separadas por la condición inversa de los sujetos ideales implicados. Hay más. En la película Los otros, los personajes se piden perdón varias veces, pero es significativo que nadie lo conceda. No pueden hacerlo porque todos están muertos.
Las obras de ficción que, como la película de Amenábar, incluyen muertos entre sus personajes, pueden ponerles (una vez vencida nuestra incredulidad con una técnica narrativa lo bastante eficaz) a hacer todo tipo de cosas, pero es imprescindible, si la obra aspira a alguna relevancia moral, que se vean impedidos en ciertos extremos. En ningún caso los muertos pueden ya perdonar, ni pueden, por ejemplo, aprender más de lo que aprendieron en vida, como comprueba el pobre pianista de la novela de Harmut Lang El concierto, eternamente enfrentado a las limitaciones interpretativas de su juventud.
Pero en el mundo de los vivos, ¿cuán lícito es pedir perdón? ¿Y concederlo? Spinoza y Gustavo Bueno han sembrado en mí la duda respecto a la primera cuestión. En cuanto a la segunda, obsérvese que la concesión del perdón libera básicamente al que perdona. Sería aberrante negarle ese recurso a la víctima. Perdonar sí, por tanto, pero no pedir perdón.
Aceptemos o no esta visión, veo esencial que el perdón provenga realmente del ofendido y solo de él; no juzgo posible el perdón colectivo ni el vicario. No concibo que un pueblo perdone a un ejército, que un joven judío de hoy perdone al pueblo alemán, que Armenia perdone a Turquía. Tampoco que los familiares del finado perdonen a su asesino, salvo a modo de atajo hacia su propia tranquilidad, salvo para diluir el grumo del rencor, pero sin eficacia metafísica.
Así las cosas, y con los muertos incapacitados, todo nos aboca a una conclusión que me concierne especial y definitivamente: matar constituye una ofensa irreversible. ¿Estoy cerrando la puerta por la que un día mi espíritu podría salvarse? Si así fuera, tanto peor; no pienso acomodar los trazos de mi lógica a las curvas de mi conveniencia. Y mucho menos aquí enjaulado, cuando sólo dispongo de esta secreta lucidez.
Volviendo a lo nuestro, existe una modalidad del perdón que se me antoja especialmente indefendible: el que se concede no sólo por persona interpuesta sino emocionalmente ajena al ofendido. No entraré a considerar si un confesor juega o no ese papel al absolver. No entraré, si puedo evitarlo, en nada que toque a la religión.
Mis infracciones al quinto mandamiento, por citar sólo uno de los que he vulnerado con asiduidad, me desautorizan. Pasaré de puntillas, sólo para dejar constancia de los problemas que hallo ya en el primero del decálogo. Mi desconcierto no ha desaparecido desde que de niño lo oí formular por primera, vez. ¿Se puede obligar a amar? ¿No es el amor espontáneo por naturaleza? Amarás a Dios sobre todas las cosas parece una orden de imposible cumplimiento cuando tal sentimiento y tal preferencia no preexisten en el llamado a obedecer. Y si preexisten, la orden es superflua.
He necesitado vivamente el perdón en una ocasión. No el de confesionario, no el trámite burocrático de sotana y de susurros, la cara más fea de una institución deslumbrante. Yo requería el perdón de un sujeto de humo. Prometo hablar de ello más adelante. Con todo, ni siquiera a mí se me oculta que la mayor creación que ha conocido la humanidad es la absolución cristiana, auténtico privilegio que permite al creyente una renovación inagotable del alma.
¿Cómo haré yo si no concurren en mí ni el arrepentimiento ni el dolor de corazón? Acaso sí un propósito de enmienda, pero de un carácter tan técnico que no puede tener nada que ver con el que exige la Iglesia. Resultará difícil comprenderme. Resultará imposible. Pero por mucho que busque en la profundidad de mi conciencia no hallo atributos apreciables en aquella docena de seres ni, por tanto, verdadero remordimiento en mi interior. Otra cosa es que tomemos como valor básico su condición humana.
No voy a discutirlo, simplemente no creo en esa línea argumental. La mayoría de los que la siguen estarían dispuestos a hacer alguna excepción. Quizá tratándose de la vida de un genocida, o de la de un violador y asesino de menores... Grave incoherencia. Si la vida humana es un valor absoluto, las excepciones no caben. Y lo cierto es que caben. Vaya si caben.
Caben para la propia Roma, que, menos hipócrita que muchos de sus fieles, justifica de antiguo una forma de homicidio, la que consiste en dar muerte al tirano, a través de sus mejores plumas. Santo Tomás parece aprobar de modo indirecto el tiranicidio en sus Comentarios a los libros de las sentencias y, antes que él y con más claridad, el escolástico inglés Salisbury.
Por no hablar del padre Mariana, de Domingo de Soto y de la práctica totalidad de los teólogos españoles del descomunal siglo XVI. Repárese en que si la ilicitud moral de matar ya no estriba en la mera condición humana de la víctima, es decir, si la comisión de hechos (¿de un hecho?) lo bastante reprobables consigue doblegar la norma, entonces en puridad ya no hay norma, pues puede ser interpretada, contextualizada, desnaturalizada. Lo demostraré.
Interroguémonos acerca del grupo exculpado, el pueblo sojuzgado por el tirano. Aparentemente hace falta que se trate de un país. ¿Por qué no una región, una comarca, una villa? La excepción no puede basarse en ese tipo de distinciones administrativas. ¿Cuánta gente formaría el colectivo impune? Quizá bastaría con unos centenares de súbditos. ¿Por qué no diez? ¿Por qué no puede alguien tiranizar a una familia nada más?
¿Acaso valdría un grupo de tres, de dos? ¿Una sola persona oprimida? No es posible que la excepción al quinto mandamiento haya de pasar necesariamente por el filtro de lo político ni por la arbitrariedad cuantitativa. Por otra parte, ¿qué significa exactamente estar oprimido? ¿Sentirse oprimido? ¿Existe para la Iglesia una opresión objetiva? Si es así, ¿dónde están sus límites?
Para mí el hecho reprobable pudo muy bien ser una sonrisa inadecuada. Sé lo que digo. En todo caso, la cuestión ya es sólo de grado, y además siempre cabrá interrogarse acerca del juzgador, del que mide la reprobabilidad. El que finalmente juzga tiene nombre y apellidos. Es alguien como nosotros, que come y que duerme, que se ducha y conversa y se masturba y se decepciona. Su biografía está llena de pliegues; alguno de ellos, con total seguridad, lo invalida para su función.
[Continuará]