El Atlético-Real Madrid del pasado 29 de septiembre (1-1) fue interrumpido durante 10 minutos por el lanzamiento de objetos al terreno de juego. Desde el fondo sur del Metropolitano, donde se ubican los ultras del conjunto rojiblanco, arrojaron varios mecheros al guardameta de la institución merengue, Thibaut Courtois. El colegiado Busquets Ferrer, obedeciendo al protocolo, detuvo el encuentro.
Dos días después, el Comité de Competición ha dado a conocer la sanción al Atlético de Madrid por los hechos ocurridos. La grada baja del fondo sur permanecerá cerrada durante tres partidos (Leganés, Las Palmas y Alavés). En concreto, desde el vomitorio 127 al 133. Además, la entidad colchonera deberá asumir una multa de 45.000 euros. Enrique Cerezo, presidente del Atlético, podría recurrir la sentencia al Tribunal Administrativo Deportivo (TAD), instancia superior a Competición.
El Comité considera que los hechos son de "especial gravedad" por el daño que el lanzamiento de objetos podía haber provocado al meta belga del Madrid. "Aun cuando se tratase de objetos de pequeño tamaño, no cabe duda de que son susceptibles de causar algún tipo de lesión teniendo en cuenta la distancia desde la que algunos objetos fueron lanzados, pudiendo haber impactado en la cabeza o en la cara del guardameta del equipo contrario al que iban dirigidos", dice el comunicado.
El Atleti no actuó
La entidad rojiblanca sale muy perjudicada con el escrito de Competición. Se acusa al Atleti de dejar entrar dichos objetos: "No se adoptaron las medidas suficientes para prevenir unos incidentes tan graves en la propia acción multitudinaria y en su resultado o, cuando menos, las medidas que se adoptaron no fueron las idóneas para un partido de especial rivalidad".
El Atlético intentó alegar que fue Courtois el que provocó primero al fondo sur, aunque Competición afirma que unos hechos no justifican lo que sucedió a posterior. "Estos hechos objetivos resultan absolutamente inaceptables, no pudiendo admitirse las alegaciones del Club Atlético de Madrid respecto de cualquier tipo de actos anteriores, que no resultarían en ningún caso susceptibles de justificar los mismos", sentencia el Comité.