Una persona ciega aprueba por primera vez las oposiciones a juez en España / CG

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Sucesos

Las renuncias a herencias siguen aumentando, ¿cuál es el motivo?

Casi 50.000 herederos renunciaron al legado que les había sido asignado. La principal razón, la excesiva carga fiscal y la presencia de deudas

9 junio, 2020 16:38

La herencia es el legado que dejan las personas a sus familiares o seres queridos, sin embargo, no siempre es una buena noticia para el heredero. De hecho, según datos de Testamentaría S.L, en 2019 se produjeron casi 50.000 renuncias de herencias. Una cifra que va aumentando cada año y que tiene un principal responsable: la carga fiscal, en ocasiones insostenible para el heredero, que les obliga a renunciar a sus derechos para tratar de evitar las obligaciones que estas acarrean.

Y es que una herencia no solo consiste en recibir los activos y pasivos del fallecido. Es decir, no solo hay beneficios para el heredero. Con ella se reciben también las deudas para evitar que estas se extingan con el fallecimiento de la persona. Pero, además, hay que hacer frente a la carga fiscal que, según la comunidad autónoma, puede ser mayor o menor. Estos son los dos motivos principales por los que cada año aumentan las renuncias a herencias y que supone una complicada decisión para el heredero.

Dónde se renuncia más a la herencia

De las 47.431 renuncias a herencias que se produjeron en el año 2019 (una cifra ligeramente superior a la de 2018, que se quedó en 46.684), las regiones donde más renuncias hubo fueron Andalucía y Cataluña. Del total nacional, las renuncias suponen cerca de un 10% de todas las herencias tramitadas. Este porcentaje es ligeramente superior en algunas comunidades autónomas. Por ejemplo, en 2017, el 19.4% de los andaluces renunciaron a su herencia. En territorio catalán, el 19% hicieron lo propio.

Esto supuso más de ocho mil renuncias en cada una de las dos autonomías mencionadas. Por el contrario, hablando en términos de porcentajes y también de herencias totales, donde menos se renunció fue en La Rioja, con apenas un 0.9% de renuncias, seguido de Cantabria, con un 1.2% de ciudadanos que decidieron no asumir los derechos y obligaciones derivados del legado de aquellos que les dejaron su herencia tras su fallecimiento.

Motivos de la decisión

Son diversos los motivos que pueden llevar a un heredero a decidir no aceptar la herencia de sus padres, sus parejas o cualquier otra persona que haya decidido dejar su legado. Uno de ellos es que las deudas del fallecido superen a los bienes que se dejan. Este motivo es bastante lógico si económicamente va a ser perjudicial, aunque entra en juego el carácter nostálgico, por ejemplo, si entre los bienes a heredar se encuentra la casa familiar en la que se ha vivido toda la vida.

Pero hay más. En algunos casos, es posible que no existan deudas pendientes y tan solo haya bienes, pero entre en juego la carga fiscal. En las sucesiones entran en juego diferentes factores a la hora de determinar la carga fiscal de una herencia, como la edad del heredero o la comunidad autónoma en la que se gestiona. Por ello, ya que no hay una respuesta única para valorar la carga fiscal de una sucesión, es importante contar con un buen abogado que pueda valorar bien la situación y que marque el camino a seguir tanto si se va a aceptar la herencia como si se va a renunciar a ella.

Hombre firmando documentos, similares a los de una herencia / Leokiru - PIXABAY

Hombre firmando documentos, similares a los de una herencia / Leokiru - PIXABAY

Gastos asociados a una herencia

Además de las ya mencionadas deudas que pudiera tener el fallecido, existen algunos gastos que pueden derivarse de la aceptación de una herencia. Abogados, notarías y gestiones administrativas son algunas de ellas. Pero también impuestos y cargas fiscales. Por ejemplo, el Impuesto de Sucesiones o la plusvalía municipal. Se dan casos en los que, para poder afrontar estos gastos, el heredero debe vender los bienes que ha adquirido, situaciones que lleva en algunas ocasiones a tomar la decisión de renunciar a la herencia.

El Código Civil español contempla la posibilidad de tomar diferentes caminos a la hora de recibir una herencia: aceptar pura y simplemente la herencia, aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a ella. En el caso de renunciar, se debe hacer por escrito y de forma expresa. Las renuncias siguen aumentando y ya se han visto algunos de los motivos que llevan a los herederos a hacerlo. Cada año, crece el número de renuncias y no parece que sea una situación que aún haya tocado techo.