Confirmado por la Seguridad Social: estos son los beneficios que tendrán los autónomos catalanes si retrasan su jubilación
Adiós a las buenas pensiones para los autónomos colaboradores: el error de la Seguridad Social que los condena
La equivocación de la Administración pública afecta a 175.000 personas, lo que supone un 7% de los trabajadores por cuenta propia
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Los autónomos colaboradores no son el colectivo más conocido en España. Son los familiares de trabajadores autónomos o de socios de empresas que colaboran de forma habitual en el negocio. Aunque cotizan por cuenta propia en el RETA, sus ingresos suelen provenir de una nómina, y el IRPF los considera rendimientos del trabajo.
Su caso es severamente complejo, pues genera una confrontación conceptual entre la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. La primera los asemeja a los autónomos al uso, mientras que la segunda los trata como asalariados.
Complicaciones constantes
Si no era el tema lo suficientemente complicado, desde 2023, su situación se ha retorcido más todavía. La regularización de las cuotas del mencionado año les impidió cotizar por nómina. En su lugar, fueron obligados a cotizar por la base mínima, que son 1.000 euros, y a pagar una cuota de 294 euros. Esto afecta gravemente a sus futuras pensiones.
Un hombre durante la manifestación por las pensiones públicas EuropaPress
Cuanto mayor es la base de cotización -- lo que ganan -- mayor es la cuota -- lo que pagan --. El tipo aplicable del 2025 es de 29,8%, que se multiplica por su salario y resulta el valor que se debe abonar. Así pues, según lo que hayan contribuido al sistema público, se calcularán sus pensiones. Obligarles a saldar un precio menor, les supondrá cobrar menos cuando se jubilen.
¿Por qué?
Esta situación proviene del Real Decreto - Ley 13/2022, de 26 de julio, que establece una nueva base de cotización para los autónomos. En esta normativa no se incluyó la posibilidad de computar sus ingresos según el rendimiento de trabajo. De esta forma, para el cálculo de sus cotizaciones solo se aplica lo declarado por actividades económicas o profesionales.
Gracias a la tecnología, empresarios y autónomos pueden utilizar su propio teléfono móvil para realizar pagos
De acuerdo con la normativa del IRPF, tributar de esta manera no será lógico sin que haya "por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos". Esto no se subsanó en la Orden PCM/74/2023 del 30 de enero, pese a que trataba las normas de las cuotas de cotización a la Seguridad Social en 2023.
Más problemas
Desgraciadamente para los autónomos colaboradores, el contexto se complica más todavía. Se les ha impedido acogerse a lo cotizado hasta el 31/12/2022, algo previsto en el Real Decreto y Orden Reguladora. Esto se ha hecho a colación de que no han declarado rendimientos netos. No obstante, esto choca frontalmente con lo que es habitual en sus declaraciones de la renta.
Persona haciendo la Declaración de la Renta
Esto ha derivado en que el colectivo afectado haya tenido que optar por tramitar recursos de alzada. No obstante, se han encontrado con un muro, pues la Seguridad Social se los ha denegado.
Sinsentidos
La situación de los autónomos colaboradores no puede ser más kafkiana. Angustiosa donde las haya, también es ilógica. La nueva legislación acerca de la regularización de las cuotas se realizó para que los trabajadores por cuenta propia aportaran más a las pensiones. Sin embargo, al asemejar a este colectivo a los asalariados, están obligados a cotizar por el mínimo, por lo que no ayudan más a las pensiones.
Habrá un nuevo retoque en las cuotas de autónomos, aumentándolas, en 2026. El caso es que, mientras se discuten las condiciones, los colaboradores están olvidados. La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) insiste en que para aprobar los cambios se tienen que corregir los errores del 2023. No obstante, todo está en el aire.